Decreto Nº 14-2008-DMySC de 2 de enero de 2008, "POR EL CUAL SE APRUEBA EL DOCUMENTO TITULADO MANUAL DE PROCEDIMIENTOS PARA EL USO Y MANEJO DEL FONDO DE CAJA MENUDA DE LA PROCURADURÍA DE LA ADMINISTRACIÓN".

DECRETO NÚMERO 14-2008-DMySC

(de 2 de enero de 2008)

Por el cual se aprueba el documento titulado MANUAL DE PROCEDIMIENTOS PARA EL USO Y MANEJO DEL FONDO DE CAJA MENUDA DE LA PROCURADURÍA DE LA ADMINISTRACIÓN.

EL CONTRALOR GENERAL DE LA REPÚBLICA

En uso de sus facultades constitucionales y legales

CONSIDERANDO:

Que el Artículo 280, numeral 2, de la Constitución Política de Panamá, establece que la Contraloría General es el ente encargado de fiscalizar y regular, mediante el control, todos los actos de manejo de fondos y otros bienes públicos, a fin de que se realicen con corrección, según lo establecido en la Ley.

Que el Artículo 11, numeral 2 de la Ley 32 del 8 de noviembre de 1984, por la cual se adopta la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República, establece que para el cumplimiento de su misión, la institución fiscalizará, regulará y controlará todos los actos de manejo de fondos y bienes públicos, a fin de que tales actos se realicen con corrección y según lo establecido en las normas jurídicas respectivas.

Que el Artículo 36 de la citada Ley dispone que la Contraloría General de la República, dictará reglamentos que contengan pautas que sirvan de base a la actuación de las personas que manejen fondos o bienes públicos.

Que corresponde a la Dirección de Métodos y Sistemas de Contabilidad a través del Departamento de Procedimientos de Fondos y Bienes Públicos, analizar, diseñar e implementar a nivel del sector Público, manuales de procedimientos, guías e instructivos, orientados a asegurar la regulación, fiscalización y control de la gestión pública de acuerdo a preceptos constitucionales, legales y principios administrativos de aceptación general, de acuerdo al Decreto 211-2007-DMySC de 26 de junio de 2007.

Que una vez elaborados estos documentos, deberán oficializarse mediante Decreto, en el cual se establecerá la fecha para su aplicación por la dependencia estatal respectiva, y serán de obligatorio cumplimiento para los servidores públicos encargados de aplicarlos.

Que este documento ha sido consultado, discutido y aprobado por los responsables de cada una de las unidades administrativas involucradas en el proceso.

DECRETA:

ARTÍCULO PRIMERO

Aprobar el documento titulado MANUAL DE PROCEDIMIENTOS PARA EL USO Y MANEJO DEL FONDO DE CAJA MENUDA DE LA PROCURADURÍA DE LA ADMINISTRACIÓN.

ARTÍCULO SEGUNDO

Este documento regirá para la Procuraduría de la Administración.

ARTÍCULO TERCERO

Este Decreto regirá a partir de su promulgación.

FUNDAMENTO LEGAL: Artículo 280, numeral 2 de la Constitución Política de Panamá, Artículo 11, numeral 2 y Artículo 36 de la Ley 32 de 8 de noviembre de 1984, por la cual se adopta la Ley Orgánica de la Contraloría General. Decreto Número 211-2007-DMySC de 26 de junio de 2007.

Dado en la ciudad de Panamá, a los 2 días del mes de enero de 2008.

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

CARLOS A. VALLARINO R.

Contralor General de la República

JORGE L. QUIJADA V.

Secretario General

REPÚBLICA DE PANAMÁ

MINISTERIO PÚBLICO

PROCURADURÍA DE LA ADMINISTRACIÓN

OSCAR CEVILLE

Procurador de la Administración

NELSON ROJAS ÁVILA

Secretario General

ALINA VERGARA DE CHÉRIGO

Sub Secretaria General

EDITH ESQUIVEL

Directora de Administración y Finanzas

ERNESTINA TORRES DE CASTILLO

Directora de Investigación y Fortalecimiento

de la Administración Pública

CÉSAR IVÁN CASTILLO

Director de Información de Relaciones Públicas

NURIA ÁVILA DE SÁENZ

Consultora

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS

PARA EL USO Y MANEJO

DEL FONDO DE CAJA MENUDA

PARA LA PROCURADURÍA DE LA ADMINISTRACIÓN

VALIDADO POR LOS SIGUIENTES SERVIDORES PÚBLICOS

EDITH ESQUIVEL

Directora de Administración y Finanzas

MANUEL ROBLES

Jefe de la Oficina de Contabilidad

HÉCTOR RIVERA

Jefe de la Oficina de Presupuesto

KEYRA VIGIL

Jefa de la Unidad de Tesorería

TILCIA GALLO

Unidad de Bienes Patrimoniales

INTRODUCCIÓN

La Procuraduría de la Administración, en uso de las atribuciones conferidas por la Constitución Política de la República de Panamá y Ley No.38 de 31 de julio de 2000, "Que aprueba el Estatuto Orgánico de la Procuraduría de la Administración, regula el Procedimiento Administrativo General y dicta disposiciones especiales," ha rediseñado el Manual de Procedimientos para el Uso y Manejo del Fondo de Caja Menuda, para la Procuraduría de la Administración, en coordinación con el Departamento de Procedimientos de Fondos y Bienes Públicos de la Dirección de Métodos y Sistemas de Contabilidad de la Contraloría General de la República.

El presente documento representa una herramienta básica para el manejo y control del Fondo de Caja Menuda, y tiene como propósito mantener la transparencia, eficiencia y eficacia en la Adquisición de Bienes y Servicios que realicen las diferentes Unidades Administrativas de la Procuraduría de la Administración. Este Manual, forma parte de las diferentes acciones administrativas que esta realizando esta Institución, con el objetivo de mejorar la calidad de los servicios públicos.

Los procedimientos detallados en este Manual, constituyen la reglamentación, contra la cual se examinarán en forma previa y posterior las actuaciones de los Servidores Públicos, que tienen la responsabilidad del manejo y control del Fondo de Caja Menuda. Corresponde al Procurador (a) de la Administración en coordinación con la Dirección de Administración y Finanzas, velar por el cumplimiento de estos procedimientos, sin perjuicio de la fiscalización y control que le corresponde a la Contraloría General de la República.

La aplicación de este Manual operativo, no exime del cumplimiento de cualquiera otra reglamentación vigente, no presentada en el texto, pero relacionada con la materia tratada.

Este Manual de Procedimientos podrá actualizarse de acuerdo a los lineamientos establecidos por la Contraloría General de la República, por modificaciones de las leyes que lo sustentan o debido a necesidades de la institución, debidamente presentadas y sustentadas al Procurador (a) de la Administración, a través de la Dirección de Administración y Finanzas.

PROCURADURÍA DE LA ADMINISTRACIÓN

CONCEPTOS GENERALES

Objetivo del Procedimiento

Aplicar las normas legales vigentes relacionadas con la administración de los Fondos de Caja Menuda, con el propósito de asegurar una gestión oportuna, eficiente, eficaz y transparente de los recursos financieros autorizados.

Objetivo de la Caja Menuda

Facilitar la gestión administrativa y financiera de la Procuraduría de la Administración, permitiendo de manera inmediata la adquisición de bienes y servicios imprevistos y/o ocasionales, que surjan durante el desarrollo de las actividades inherentes al funcionamiento de la institución.

Concepto de la Caja Menuda

Es una suma de dinero fija en efectivo, destinada a la Procuraduría de la Administración que se reembolsa del Tesoro Nacional o Institucional.

Características de la Caja Menuda

La Caja Menuda es un monto fijo de dinero que se origina y reembolsa del Tesoro Nacional.

Se maneja con dinero en efectivo.

Está sujeta a la duración del programa o proyecto que motivó la creación del Fondo de Caja Menuda.

Base Legal

Ley No.22 de 27 de junio de 2006."Que regula la Contratación Pública y dicta otra disposición". Gaceta Oficial No.25576 de 28 de junio de de 2006.

Ley No.38 de 31 de julio de 2000, "Qué aprueba el Estatuto Orgánico de la Procuraduría de la Administración, regula el Procedimiento Administrativo y dicta disposiciones especiales". (Gaceta Oficial No.24109 de 2 de agosto de 2000).

Ley No.32 de 8 de noviembre de 1984. "Orgánica de la Contraloría General de la República". (Gaceta Oficial No.20188 de 20 de noviembre de l984).

Ley No.8 de 27 de enero de 1956. "Por la cual se aprueba el Código Fiscal de la República de Panamá."(Gaceta Oficial No.12995 de 29 de junio de 1956).

Decreto Núm.40-DFG. "Por el cual se modifican algunas disposiciones del Manual de Procedimientos para el uso y manejo de cajas menudas en las Entidades Públicas. Cuarta Versión.(Gaceta Oficial No.25740 del 1 de marzo de 2007).

Decreto Ejecutivo No.366 de 28 de diciembre de 2006. "Por el cual se reglamenta la Ley 22 de 27 de junio de 2006. Que regula la Contratación Pública y dicta otra disposición". (Gaceta Oficial Digital 25701 de 29 de diciembre de 2006).

Decreto Ejecutivo No.214 DGA de 8 de octubre de 1999. "Por el cual se emiten las Normas de Control Interno Gubernamental para la República de Panamá".(Gaceta Oficial No.23946 de 14 de diciembre de 1999).

Normas Generales de Administración Presupuestaria vigentes.

II MEDIDAS DE CONTROL INTERNO

Objetivo

Brindar seguridad sobre el manejo y control del Fondo de la Caja Menuda, de manera que se realicen con eficiencia, eficacia y transparencia conforme a las disposiciones legales vigentes.

Disposiciones Generales de Control Interno

La Caja Menuda podrá abrirse hasta por cinco mil balboas (B/.5,000.00). La Procuraduría de la Administración, podrá solicitar a la Contraloría General de la República un monto mayor o menor, debidamente sustentado, indicando las razones por las cuales se requiere este fondo.

Cuando se trate de Caja Menuda de montos mayores a cinco mil balboas (B/.5,000.00), el Custodio deberá estar amparado por fianza de manejo por el 100% de la suma bajo su responsabilidad. El pago de las primas por esta fianza correrá a cargo de la Procuraduría de la Administración, debidamente coordinado con la Contraloría General de la República.

Se podrá solicitar apertura de Caja Menuda para operaciones específicas, cuando la entidad desarrolle alguna actividad que requiera una respuesta financiera rápida y menos burocrática.

Las adquisiciones de Bienes y Servicios por Caja Menuda se acogerán al Procedimiento de Contrataciones...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR