Resolución CNV Nº 289-06 de 12 de diciembre de 2006, "POR LA CUAL SE EXPIDE LICENCIA DE EJECUTIVO PRINCIPAL A EDUARDO QUINTERO PARRA, PORTADOR DE LA CEDULA DE IDENTIDAD PERSONAL No. 8-223-201."

REPUBLICA DE PANAMA

COMISION NACIONAL DE VALORES

RESOLUCIÓN No. CNV- 289-06

( 12 de diciembre de 2006)

La Comisión Nacional de Valores,

en uso de sus facultades legales y,

CONSIDERANDO:

Que el Decreto Ley No. 1 de 8 de julio de 1999, Artículo 8, atribuye a la Comisión Nacional de Valores la facultad de expedir licencia a los Ejecutivos Principales;

Que el Decreto Ley No. 1 de 8 de julio de 1999, Título III, Capítulo IV, establece que sólo podrán ocupar el cargo o desempeñar las funciones de Ejecutivos Principales en la República de Panamá, aquellas personas que hayan obtenido la correspondiente licencia expedida por la Comisión;

Que el Artículo 49 de la citada excerta legal establece que las personas que soliciten Licencia de Ejecutivo Principal deberán aprobar el examen correspondiente establecido por la Comisión Nacional de Valores;

Que el Acuerdo No. 2-2004 de 30 de abril de 2004, adoptó el procedimiento sobre los requisitos para el otorgamiento de licencia y procedimientos de operación de las casas de valores, asesor de inversiones, corredor de valores, ejecutivos principales y analistas;

Que, el 4 de abril de 2006, y en cumplimiento del Acuerdo No. 2-2004 de 30 abril de 2004, EDUARDO QUINTERO PARRA ha presentado Solicitud Formal para obtener Licencia de Ejecutivo Principal, acompañada de los documentos exigidos por las leyes aplicables;

Que EDUARDO QUINTERO PARRA presentó el Examen General Básico el día 16 de diciembre de 2005 y el examen complementario el día 20 de enero de 2006 administrados por la Comisión Nacional de Valores, como requisito para la obtención de la Licencia de Ejecutivo Principal y los mismos fueron aprobados satisfactoriamente;

Que la solicitud en referencia, así como los documentos que la sustentan, fue analizada por la Dirección de Mercados de Valores e Intermediarios de Valores, el 27 de noviembre de 2006 y la misma no merece objeciones;

Que, igualmente, la solicitud, así como los documentos que la sustentan, fue analizada por la Dirección Nacional de Asesoría Legal, según informe que reposa en el expediente de fecha 7 de Diciembre de 2006;

Que, realizados los análisis correspondientes a lo interno de esta Institución, esta...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR