LEY No. 12 de 1984 POR LA CUAL SE SUBROGA EL ARTICULO Nº2 DE LA LEY Nº32 DE 23 DE JULIO DE 1975 (LICENCIA SIN SUELDO PARA EDUCADOR SELECCIONADO GOBERNADOR O ALCALDE, O NOMBRADO PARA UN CARGO DE LA ADMINISTRACION PUBLICA).

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