Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 4ª de Negocios Generales, 7 de Julio de 2000
Ponente | ROGELIO A. FÁBREGA Z |
Fecha de Resolución | 7 de Julio de 2000 |
Emisor | Cuarta de Negocios Generales |
VISTOS:
La señora
CAROLINA ESTHER GARCÍA IZOS, mediante apoderado judicial, licenciado HAROLD F.
RIVERA P., ha solicitado ante esta S., el reconocimiento y la ejecución de la
sentencia de 28 de mayo de 1998, dictada por la Corte de Distrito del Condado
de Travis, Distrito Judicial No.126, del Estado de Texas, Estados Unidos de
América, por la cual se declara disuelto el vínculo matrimonial que la mantiene
unida al señor CÉSAR ANTONIO SENTMAT.
El
apoderado judicial de la solicitante basa su petición en los siguientes hechos:
PRIMERO: Nuestra mandante, ciudadana panameña, quien para la fecha
residía en la Ciudad de Panamá, contrajo matrimonio civil con el señor CÉSAR
ANTONIO SENTMAT ROSAS ante el Señor Juez Sexto Municipal del Distrito de
Panamá, provincia de Panamá el Once de Julio de MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SEIS
(1996).
SEGUNDO: Los cónyuges, señores CÉSAR ANTONIO SENTMAT y CAROLINA ESTHER
GARCÍA IZOS mi mandante, de común acuerdo decidieron poner término a la unión
conyugal y mediante Apoderado Judicial solicitaron al Señor Juez Segundo del
Distrito de Condado de TRAVIS, TEXAS, EE.UU., la disolución del vínculo
matrimonial que los mantenía unidos.
TERCERO: Substanciada la causa, mediante sentencia del 26 de mayo de
1998, el Juez Segundo del Distrito de Condado de TRAVIS, TEXAS, EE.UU., decretó
el divorcio demandado por los señores CÉSAR ANTONIO SENTMAT y CAROLINA ESTHER
GARCÍA IZOS, mi mandante.
CUARTO: La sentencia cuya ejecución se solicita por este medio fue dictada
a consecuencia de una pretensión personal.
QUINTO: La sentencia no ha sido dictada en rebeldía, pues las partes
comparecieron personalmente al proceso.
SEXTO: La obligación para cuyo cumplimiento se procede es lícita en
Panamá.
Se
acompañaron a la solicitud, como pruebas, copia auténtica de la Sentencia de 26
de mayo de 1998, dictada por la Corte Distrital del Condado de TRAVIS, Estado
de Texas, Estados Unidos de América, en idioma inglés; la correspondiente
traducción y una certificación, expedida por el Registro Civil, donde se hace
constar la inscripción del matrimonio habido entre los señores CAROLINA ESHTER
GARCÍA IZOS y CÉSAR ANTONIO SENTMAT ROSAS.
Seguidamente,
el expediente se remitió al señor P. General de la Nación, para que emitiera
su opinión, de acuerdo a lo establecido en el artículo 1410 del Código
Judicial. Mediante Vista No.28 de 21 de junio del año en curso, concluyó lo
siguiente:
...Constituidos cada uno de los...
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