Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 4ª de Negocios Generales, 8 de Julio de 1997

PonenteRAFAEL GONZÁLEZ
Fecha de Resolución 8 de Julio de 1997
EmisorCuarta de Negocios Generales

VISTOS:

La licenciada B.A.P.I. actuando como apoderada especial de la señora C.E.M., ha presentado ante esta Sala Cuarta de la Corte Suprema solicitud para que sea reconocida en la República de Panamá, la sentencia de divorcio extranjera dictada por el señor Juez Municipal de Colonia, Tribunal para Asuntos de Familia, Depto. 306, República de Alemania, por la cual se disuelve el vínculo matrimonial entre el señor TILL ERGENZINGER y la señora C.E.M., celebrado en la ciudad de Panamá, República de Panamá el 14 de marzo de 1991.

Observa la Sala que la solicitud reúne las formalidades de ley, pues se aprecia la copia de la sentencia de divorcio debidamente legalizada mediante el sello de la Apostilla por el Presidente del Juzgado Municipal de Colonia, lugar donde se emitió la sentencia de divorcio y la correspondiente traducción oficial al español.

La petición fue admitida, por lo que de acuerdo al trámite para estos negocios, se le corrió traslado al señor P. General de la República, tal como lo dispone el artículo 1410 del Código Judicial. El señor P. General de la República, mediante Vista Nº 24 de 17 de junio de 1996, emitió el siguiente concepto:

"... Tal como lo expone la peticionaria, no cabe duda que la sentencia cuyo reconocimiento y ejecución se pretende fue dictada a consecuencia del ejercicio de una pretensión personal.

Según se expresa en el estado de causa y motivos del pronunciamiento que se examina "La audiencia en justicia de las partes, consta que el matrimonio fracasó". Que las partes viven separadas desde octubre de 1995" y que "En vista de que los cónyuges, según sus declaraciones fehacientes, no quieren mantener el matrimonio, no se puede esperar que restablezcan su vida conyugal". (Foja 12) ...".

Con base en lo transcrito en líneas anteriores, el señor P. consideró que se debe acceder a la ejecutabilidad de la sentencia extranjera, toda vez que cumple con los requisitos de ley.

El...

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