Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 4ª de Negocios Generales, 8 de Octubre de 1996

PonenteAURA E. GUERRA DE VILLALAZ
Fecha de Resolución 8 de Octubre de 1996
EmisorCuarta de Negocios Generales

VISTOS:

J.P. ROJAS Y O.G. ROJAS DE P., por medio de su apoderado judicial, R.A.A.S., ha presentado ante la Sala Cuarta de la Corte Suprema de Justicia, solicitud para que sea reconocida en la República de Panamá, la Resolución Nº 33796 del Juzgado Cuarto de Instrucción en lo Civil de la Paz, Bolivia sobre Declaratoria de Herederos, Resolución Nº 865/95 del Juzgado Tercero de Instrucción en lo Civil sobre Declaratoria de Fallecimiento presunto del señor W.P.M.; Acta de Reconocimiento de Firmas y R. y la Orden Judicial de Protocolización de la Minuta presentada el 10 de abril de 1987, mediante Escritura Pública Nº 233/96 ante el Juzgado de Mínima Cuantía Nº 55 de la Paz, Bolivia.

El peticionario fundamenta su solicitud en los siguientes hechos

"PRIMERO: El señor W.P.M. fue declarado muerto el día 19 de octubre de 1990, según consta en Certificado de Defunción expedido por la Oficina de Registro Civil, Corte Nacional Electoral de la Paz, Bolivia, inscrito al Nº D-4, Libro Nº 1-85, Ptda. 82, folio 92 de 12 de marzo de 1993, por medio de la Resolución Nº 865/95 del Juzgado Tercero de Instrucción en lo Civil de la Paz, Bolivia, del 11 de septiembre de 1995, en la que se inscribe una orden judicial mediante la cual se declara la Muerte Presunta del señor W.P.M..

SEGUNDO

Que en Acta de audiencia de Declaración Jurada con fecha 7 de Junio de 1995 se nombró como Curadora a la señora O.G.R. de Phillips dentro del trámite civil Voluntario de declaratoria del fallecimiento presunto del señor W.P.M., para que provea cargo y cuidado y conservación del Patrimonio.

TERCERO

Que cumplido con el trámite de las publicaciones y con la inscripción en el Registro Civil de la República de Bolivia fue declarado presuntamente fallecido el señor W.P.M. y se abrió el proceso de sucesión intestada a favor de sus herederos WILLIAMS PHILLIPS BOYCE, J.P.R., J.W.P.R., C.P.R., P.A.P. ROJAS.

CUARTO

Que la Resolución Nº 337/96 del Juzgado Cuarto de Instrucción en lo Civil fechada 26 de febrero de 1996 nombró como herederos universales del de cujus, señor W.P.M., a sus hijos W.P.B., J.P.R., J.W.P. ROJAS, C.P. ROJAS Y P.A.P. ROJAS.

QUINTO

Que mediante escritura Pública Nº 233/91 se protocolizó con orden judicial la minuta presenta voluntariamente por el señor W.P.M. el 10 de abril de 1987 ante el Juzgado de Mínima Cuantía Nº 55 de la Paz, Bolivia referente a una Donación y un anticipo de la legítima efectuada por el de cujus en vida a favor de sus hijos W.P. ROJAS, J.P.R., C.P.R., sobre los fondos económicos y dineros depositados en el Swiss Bank Corporation (Overseas), S.A. de la República de Panamá, entre otros.

SEXTO

Que el señor W.P.M. mantenía la cuenta de ahorros Nº 204,385/15,06 en el Banco Swiss Bank Corporation registrado en el Tomo 794, Folio 514, Asiento 122064 y actualizado en la Ficha 21979, R...

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