Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 4ª de Negocios Generales, 11 de Marzo de 1999

PonenteARTURO HOYOS
Fecha de Resolución11 de Marzo de 1999
EmisorCuarta de Negocios Generales

VISTOS:

V.P.P., mediante apoderado judicial, solicita a la Sala Cuarta de la Corte Suprema de Justicia, el reconocimiento y ejecución de la sentencia de divorcio proferida por el Juzgado de Primera Instancia de Carballiño (Ourense) España, mediante la cual se declara disuelto el vínculo matrimonial existente con la señora M.C.G..

El apoderado del peticionario fundamenta su solicitud en base a los siguientes hechos:

"PRIMERO: Que la sentencia de marras fue dictada por razón del ejercicio de una acción personal;

SEGUNDO

Que la sentencia en mención no fue dictada en rebeldía; por el contrario, la pretensión incoada fue por el mutuo consentimiento de las partes;

TERCERO

Que la obligación o pretensión es lícita en Panamá.

CUARTO

Que la copia de la sentencia que se adjunta, es auténtica".

Adjunto a la solicitud de ejecución de sentencia de divorcio se aportaron los siguientes documentos: Copia de la sentencia de divorcio por mutuo consentimiento No. 00201/1997 debidamente apostillada y certificado de matrimonio de los señores VALENTIN PEREZ PINAL y M.C.G., emitido el 24 de noviembre de 1998, por la Dirección General del Registro Civil de Panamá.

Admitida la solicitud presentada ante esta Corporación, se corrió traslado al señor P. General de la Nación, quien en su vista No. 5 de 7 de enero de 1999 señala que debe accederse a lo solicitado, toda vez que se cumplen las exigencias contempladas en el artículo 1409 del Código Judicial.

Observa la Sala, en cuanto a la licitud de la sentencia que nos ocupa que, efectivamente, la misma es conforme a lo establecido en el artículo 1409 del Código Judicial, ya que fue dictada en consecuencia del ejercicio de una acción personal. No se ha dado el fenómeno de la rebeldía por cuanto ambos cónyuges solicitaron de común acuerdo la disolución del vínculo matrimonial.

Se aprecia que la sentencia proveniente del extranjero se encuentra debidamente apostillada, requisitos necesarios para que se declare su...

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