Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 4ª de Negocios Generales, 14 de Marzo de 1997

PonenteRAFAEL GONZÁLEZ
Fecha de Resolución14 de Marzo de 1997
EmisorCuarta de Negocios Generales

VISTOS:

La firma forense A., A. y M., actuando en calidad de apoderados especiales de los señores A.T.A.D.K. y FRANKLIN KARDONSKI, formuló solicitud ante esta Sala Cuarta de la Corte Suprema para que se declare ejecutable en Panamá la sentencia de divorcio distinguida con el Nº 93-28079 CA (07) proferida por el Tribunal del Circuito para el Condado de Dade, Florida, Estados Unidos de Norte América, el día 17 de mayo de 1994, mediante la cual se declaró disuelto el vínculo matrimonial entre A.T.A. DE KARDONSKI Y FRANKLIN KARDONSKI.

La Sala considera pertinente advertir que los apoderados especiales se limitaron a solicitar ante este Tribunal la ejecución de la sentencia obviando su reconocimiento. Lo conducente en el presente exequátur (proceso del ¡ejecútese!) es solicitar en primera instancia el reconocimiento de la sentencia extranjera y luego su ejecución," toda vez que no hay ejecución sin reconocimiento, pero sí puede haber reconocimiento sin ejecución, en atención a la clásica división de las sentencias en meramente declarativas, constitutivas y de condena" ( Goldschmidt, W.. Derecho Internacional Privado, Derecho de la Tolerancia, Octava Edición, Ediciones Depalma, Buenos Aires, Argentina, 1995, pág. 481), no obstante, tomándolo en un contexto general, y una vez estudiada la presente solicitud, consideramos que la falta de este requisito formal se encuentra subsanado, pues la sentencia contiene los demás elementos que permiten su reconocimiento y ejecución, que posteriormente, detallaremos.

La peticionaria fundamenta su solicitud en los siguientes hechos:

"PRIMERO: El día 23 de abril de 1972 los señores A.T.A.D.K. y F.K., contrajeron matrimonio civil. Dicho matrimonio consta inscrito al Tomo cinco (5) de matrimonios en el extranjero, Asiento siete ocho siete (787) del Registro Civil de Panamá.

SEGUNDO

Mediante Sentencia distinguida con el Nº 93-28079 CA (07), dictada por el Tribunal de Circuito para el Condado de Dade, Florida, Estados Unidos de América, el día 17 de mayo de 1994, dentro del juicio de divorcio de los señores A.T.A.D.K. y F.K., dicho Tribunal declaró disuelto el vínculo matrimonial de nuestros poderdantes.

TERCERO

La sentencia distinguida con el número 93-28079 CA (07) a que se refiere el hecho anterior fue dictada a consecuencia de una acción personal y no fue dictada en rebeldía.

CUARTO

La sentencia cuya ejecución se solicita accede a una obligación lícita en la República de...

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