Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 4ª de Negocios Generales, 15 de Diciembre de 1999

PonenteARTURO HOYOS
Fecha de Resolución15 de Diciembre de 1999
EmisorCuarta de Negocios Generales

VISTOS:

El licenciado J.L.R. ha presentado en su calidad de Apoderado Especial del señor J.M.Q., solicitud a la Sala Cuarta de Negocios Generales la Corte Suprema para el reconocimiento y ejecución de la sentencia de divorcio proferida por el Tribunal de B., Condado de Brazos, Texas de los Estados Unidos de América de fecha 15 de julio de 1992, mediante la cual se declara disuelto el vínculo matrimonial existente entre su persona y la señora R.A..

ANTECEDENTES DEL CASO Y PETICIÓN

Los señores R.A. y J.M.Q., ambos ciudadanos panameños contrajeron matrimonio en el Juzgado Primero Municipal de D., Provincia de Chiriquí, el día veintiséis (26) de diciembre de 1979. Dicho matrimonio fue registrado al tomo 201, Asiento 2264 de matrimonios de la provincia de Chiriquí, de la Dirección del Registro Civil del Tribunal Electoral.

Posteriormente se produce la disolución del vínculo matrimonial mediante sentencia de 15 de julio de 1992 dictada por tribunal extranjero, específicamente el Tribunal de B. en el Estado de Texas, Estados Unidos de Norteamérica.

Es en base a lo anterior que el apoderado judicial solicita se reconozca y se ejecute en la República de Panamá, la sentencia extranjera en estudio toda vez que la misma cumple con lo establecido en el artículo 1409 del Código Judicial.

OPINIÓN DEL PROCURADOR

Admitida la solicitud presentada ante esta Corporación, se corrió traslado al señor P. General de la Nación, quien en su Vista No.58 de 15 de octubre de 1999 señala que en atención a lo expresado, es válido considerar que en el presente caso se han cumplido los requisitos que la normativa aplicable exige para adjudicarle reconocimiento y ejecución a las sentencias pronunciadas por tribunales extranjeros.

DECISIÓN DE LA SALA

Vista la opinión del Procurador se observa además que el apoderado ha presentado como pruebas lo siguientes documentos: Certificado de matrimonio de los señores J.M.Q. y R.A.C. (fs.62) expedido por la Dirección General del Registro Civil de Panamá; Copia íntegra de la sentencia extranjera de 15 de julio de 1992 dictada por el Tribunal de B., Condado de Brazos, Texas debidamente autenticada por nuestras autoridades en la ciudad de Houston, Texas y posteriormente por el Ministerio de Relaciones Exteriores en Panamá (fs.8-27); Traducción al español por...

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