Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 4ª de Negocios Generales, 19 de Junio de 2001
Ponente | CÉSAR PEREIRA BURGOS |
Fecha de Resolución | 19 de Junio de 2001 |
Emisor | Cuarta de Negocios Generales |
VISTOS:
La firma forense Castro&Castro ha presentado en su calidad de Apoderado Especial de la señora A.A.U. , solicitud a la Sala Cuarta de Negocios Generales para el reconocimiento y ejecución de la sentencia de divorcio proferida por la Corte del Circuito del 11vo Circuito Judicial en y para el Condado de Miami-Dade , Florida, Estados Unidos de América , dictada el trece (13) de enero de mil novecientos noventa y nueve (1999), mediante la cual se declara disuelto el vínculo matrimonial existente entre su persona y el señor A.M.P..
ANTECEDENTES DEL CASO
Los señores A.M.P. y la señora A.A.U. , contrajeron matrimonio el día veintisiete (27) de diciembre de mil novecientos noventa y uno en los Estados Unidos de Norteamérica, dicho matrimonio se encuentra inscrito en el tomo número 12 de matrimonios en el exterior, partida número 1796 de la Dirección General del Registro Civil del Tribunal Electoral de Panamá de matrimonios en el exterior.
Posteriormente se produce la disolución del vínculo matrimonial mediante sentencia de trece (13) de enero de mil novecientos noventa y nueve (1999) dictada por la Corte de Circuito del 11vo Circuito Judicial en y para el Condado de Miami-Dade, Estado de la Florida, Estados Unidos de América.
En base a lo anterior el apoderado judicial solicita que se reconozca y se ejecute en la República de Panamá, la sentencia extranjera en estudio toda vez, que la misma cumple con lo establecido en el artículo 1409 del Código Judicial.
OPINIÓN DEL PROCURADOR
Admitida la solicitud presentada ante esta Corporación, se corrió traslado al señor P. General de la Nación, quien en su Vista No. 20 de 17 de mayo de 2001 señala que en atención a lo expresado, es válido considerar que en el presente caso se han cumplido los requisitos que la normativa aplicable exige para adjudicarle reconocimiento y ejecución a las sentencias extranjeras.
DECISIÓN DE LA SALA
Vista la opinión del señor P. General de la Nación, se observa además, que el apoderado ha presentado como prueba los siguientes documentos: Certificado de matrimonio de los señores A.M.P. y A.A.U. expedido por la Dirección General del Registro Civil de Panamá visible a foja 10; Copia íntegra de la sentencia extranjera de 13 de enero de 1999 proferida por la Corte de Circuito del 11vo Circuito Judicial en y para el Condado de Miami-Dade, Estado de la...
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