Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 4ª de Negocios Generales, 20 de Septiembre de 2000

PonenteROGELIO A. FÁBREGA Z
Fecha de Resolución20 de Septiembre de 2000
EmisorCuarta de Negocios Generales

VISTOS:

El Dr. CARLOS DEL CID, en su calidad de apoderado especial de la señora D.M.D.G. o D.M.D.T., ha presentado ante la Sala Cuarta de la Corte Suprema de Justicia, solicitud de que se declare, con audiencia del señor P. General de la nación, que es ejecutable en la República de Panamá la sentencia extranjera de Divorcio dictada por el Juzgado de Asuntos de Familia de Stuttgart-Bad Cannstatt, República Federa de Alemania, mediante la cual declaró disuelto el matrimonio civil que celebró R.T. con la señora D.M.D.G. o D.M.D.-THOMSEN.

El apoderado judicial, fundamenta su solicitud en los siguientes hechos:

"PRIMERO: Mi representada, señora D.M.D.G. o D.M.D.V.-THOMSEN, contrajo matrimonio civil con el ciudadano alemán R.T. el día 8 de diciembre de 1989, en el Ayuntamiento de Offenbach am Main, República Federal de Alemania.

SEGUNDO

El matrimonio descrito en el hecho primero anterior, aparece inscrito matrimonios celebrados en el Extranjero, asiento 287 del Registro Civil de la personas de la República de Panamá.

...

CUARTO

Mediante sentencia promulgada el 8 de octubre de 1997 dictada por el Juzgado de los Asuntos de Familia de Stuttgart-Bad Cannstatt, República Federal de Alemania, Declaró disuelto el matrimonio contraído por D.M.D.G. o D.M.D.-THOMSEN y R.T., ante el funcionario del ayuntamiento de O. amM. y le transfirió a la madre la guarda y crianza de las menores R.D. y N.R. y le señaló una jubilación a favor de la esposa poniendo así término al vínculo matrimonial, sentencia de divorcio que mi poderdante quiere hacer valer en su país de origen".

Además de la solicitud de ejecución de sentencia de divorcio, el recurrente adjuntó como material probatorio, copia de la sentencia de divorcio extranjera supra citada visible de fojas 6 11, debidamente apostillada. También adjuntó el certificado de matrimonio, emitido por la Dirección General del Registro Civil de Panamá donde se hace constar que el matrimonio del señor R.T. con la señora D.M.D.G., se encuentra inscrito en el asiento 287 del tomo 12 de matrimonios de la provincia de Panamá.

Admitida la solicitud presentada ante esta Superioridad y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 1410 del Código Judicial, se corrió traslado al señor Procurador General de la Nación para que emitiera concepto y mediante Vista Fiscal No. 34 del 16 de agosto de 2000 visible de fojas 22 a 25 del expediente, estimo procedente declarar el...

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