Sentencia de Tribunal Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial, 4 de Febrero de 2000

PonenteMIRTZA ANGÉLICA FRANCESCHI DE AGUILERA
Fecha de Resolución 4 de Febrero de 2000
EmisorTribunal Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial

VISTOS:

La Licenciada G.A. De Porras apoderada especial de HEINZ KOEBERNIK solicita se reconozca y declare ejecutable en nuestro territorio las sentencias extranjeras de 13 de mayo de 1999, ambas proferidas por la Corte de Circuito del Condado Dade del Estado de la Florida, Estados Unidos de Norteamérica, mediante las cuales se designa a su apoderado como representante personal de la herencia de L.F.S. y se le autoriza a recibir y distribuir los bienes que conforman parte de la misma.

Fundamenta la letrada su solicitud en los siguientes hechos:

"PRIMERO: El señor L.F.S. falleció en la ciudad de Miami Beach, estado de la Florida, Estados Unidos de Norteamérica el 6 de octubre de 1998.

SEGUNDO

Mediante resolución del 13 de mayo de 1999 el juez D. BRUCE LEVY de la Corte de Circuito del Condado de D. del estado de la Florida, Estados Unidos de Norteamérica, declaró a H.K. como debidamente capacitado para actuar como representante personal de la herencia de L.F.S., con amplios poderes para administrar dicha herencia, así como para pedir, demandar, solicitar, recobrar y recibir todos y cualesquiera bienes del fallecido. Esta resolución se encuentra ejecutoriada por cuanto que se encuentra en plena vigencia y efecto, según consta en la declaración Oficial de la Corte de Circuito que aparece en el documento original.

TERCERO

Mediante resolución del 13 de mayo de 1999 el juez D.B.L. de la Corte de Circuito del Condado de D. del estado de la Floridad, Estados Unidos de Norteamérica, declaró que el nombramiento H.K. como administrador de la herencia de L.F.S. se hacia en base a la última voluntad y testamento del fallecido. Esta resolución se encuentra ejecutoriada por cuanto que se encuentra en plena vigencia y efecto, según consta en la declaración del Oficial de la Corte de Circuito que aparece en el documento original.

CUARTO

Mi apoderado tiene conocimiento que el señor L.F.S. mantenía cuentas bancarias en la República de Panamá por que se hace necesario que se reconozca la sentencia que lo designa como administrador de la herencia del fallecido a fin de poder tomar posesión de dichas cuentas y poder así proceder con su distribución, según se le ordene en el testamento correspondiente.

QUINTO

Ambas sentencias a las cuales se hace referencia en los hechos anteriores han sido proferidas en ejercicio pleno de una pretensión personal y se derivan de un proceso ventilado ante la jurisdicción...

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