Sentencia de Tribunal Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial, 26 de Noviembre de 1993

Fecha de Resolución26 de Noviembre de 1993
EmisorTribunal Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial

VISTOS:

El Lcdo. J.A.O., actuando en representación de V.D.A., ha presentado ante esta Sala Cuarta de la Corte Suprema solicitud para que sea reconocida en la República de Panamá, la sentencia de divorcio proferida por la Corte Decimotercer Circuito Judicial del Condado de Hillsborough, Florida, División de Derecho de la Familia, el día 15 de noviembre de 1990 en virtud de la cual se declara la disolución del matrimonio de dicha señora con el señor J.E.A..

El peticionario fundamenta su solicitud en base a los siguientes hechos:

PRIMERO

Que mi representada, V.D.A., contrajo matrimonio civil con el con el señor J.E.A., en la República de Panamá, el día 24 de mayo de 1974 y dicho matrimonio se encuentra inscrito en el Registro Civil en el Tomo 99 de la provincia de Panamá, partida Nº631.

SEGUNDO

Mediante sentencia fechada el 15 de noviembre de 1990, proferida por la Corte de Circuito del Decimotercer Circuito Judicial del Condado de Hillsborough, Florida, División de Derecho de la Familia, se decretó la disolución del vínculo matrimonial, estableciéndose como causal el mutuo consentimiento de los cónyuges, causal plenamente aplicable por nuestro derecho civil vigente.

TERCERO

Que la anterior sentencia fue dictada a consecuencia del ejercicio de una pretensión personal.

CUARTO

Que dicho fallo no fue dictado en rebeldía, y que dicho proceso de divorcio se efectúo de acuerdo a la legislación procesal de los Estados Unidos de Norteamérica la cual es también totalmente lícita en nuestro país.

QUINTO

Aportamos para pedir la ejecución de esta sentencia extranjera: sentencia debidamente autenticada, proferida por la Corte de Circuito del Decimotercer Circuito Judicial del Condado de Hillsborough, Florida, División de Derecho de Familia, del 15 de noviembre de 1990.

El apoderado judicial de la señora V. de A. adjuntó a la solicitud de ejecución de sentencia de divorcio copia autenticada de la misma debidamente traducida al español por intérprete público autorizado, e igualmente presentó el certificado de matrimonio emitido por la Dirección General del Registro Civil de Panamá, el cual hace constar la existencia del vínculo matrimonial vigente en la República entre el señor J.E.A.H. y la señora V.R.P.D.A..

Admitida la solicitud presentada ante esta Corporación, se corrió traslado al señor P., quien en su Vista Nº43 de 9 de noviembre de 1993 señala lo siguiente:

Analizada la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR