Decreto Ejecutivo Nº 864 de 7 de octubre de 2010, POR EL CUAL SE DECRETA UN INDULTO PRESIDENCIAL.

REPÚBLICA DE PANAMÁ

MINISTERIO DE GOBIERNO

DECRETO EJECUTIVO No.864

(de 07 de octubre de 2010 )

Por el cual se decreta un Indulto Presidencial

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

en uso de sus facultades constitucionales y legales, y

CONSIDERANDO:

Que el Gobierno Nacional ratifica su obligación e interés legitimo de tutelar el derecho al honor, a la imagen, la libertad de expresión y de prensa; reconociendo que son derechos fundamentales de igual jerarquía y que de resultar vulnerados, el afectado puede utilizar las vías legales para las reparaciones o compensaciones que correspondan, sin que éstas se constituyan en un exceso;

Que la libertad de expresión que se manifiesta en el acceso a la información, difusión y control de toda gestión estatal, son presupuestos que en una democracia, se constituyen en la base de una justa y adecuada paz social;

Que la libertad de expresión y de prensa sólo puede ser limitada cuando se contrapone a libertades individuales, ocasionándoles a éstas un daño arbitrario, manifiesto, grave y serio;

Que el 28 de septiembre de 2010, el Segundo Tribunal Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial de Panamá, mediante Sentencia No. 250-S.I., declaró penalmente responsables del Delito de Calumnia a los periodistas Sabrina Bacal Securansky y Justino González González, condenándolos a la pena de doce (12) meses de prisión, conmutada por su equivalente en trescientos sesenta y cinco (365) días multa, a razón de diez balboas (B/.10.00) cada uno, totalizando la suma de tres mil seiscientos cincuenta balboas (B/.3,650.00) cada uno, además de inhabilitarlos para el ejercicio de la profesión de comunicadores sociales, por el término de un (1) año a partir de la fecha de ejecución de la sentencia;

Que conforme a la potestad que confiere el numeral 12 del artículo 184 de la Constitución Política de la...

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