Resolución J.D. Nº 4 de 23 de julio de 2007, "POR LA CUAL SE APRUEBA QUE LA AUTORIDAD DE LOS RECURSOS ACUATICOS DE PANAMA SEA EL ORGANISMO EJECUTOR DEL PRESTAMO CON EL BID, PARA EL FORTALECIMIENTO DE LA CAPACIDAD DE GESTION."

REPÚBLICA DE PANAMÁ

AUTORIDAD DE LOS RECURSOS ACUÁTICOS DE PANAMÁ

RESOLUCIÓN J.D. No. 4

(de 23 de julio de 2007)

"Por la cual se aprueba que la Autoridad de los Recursos Acuáticos de Panamá sea el organismo ejecutor del Préstamo con el BID, para el Fortalecimiento de la Capacidad de Gestión"

La Junta Directiva de la Autoridad de los Recursos Acuáticos de Panamá

en uso de sus facultades legales,

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley 44 de 23 de noviembre de 2006, se crea la Autoridad de los Recursos Acuáticos de Panamá (ARAP), como la entidad rectora del Estado para asegurar el cumplimiento y la aplicación de las leyes y los reglamentos en materia de los recursos acuáticos y de las políticas nacionales de pesca y acuicultura que adopte el Órgano Ejecutivo.

Que el artículo 41 numeral 2, de la Ley 44 de 23 de noviembre de 2006, se establece como patrimonio de la Autoridad de los Recursos Acuáticos de Panamá los derechos, los bienes muebles e inmuebles y las asignaciones presupuestarias correspondientes a la Dirección Nacional de Recursos Marinos y Costeros de la Autoridad Marítima de Panamá y a la Dirección Nacional de Acuicultura del Ministerio de Desarrollo Agropecuario.

Que mediante el Contrato de Préstamo No.1724/OC-PN entre la República de Panamá y el Banco Interamericano de Desarrollo se establece el financiamiento para la ejecución del programa de fortalecimiento de la capacidad de gestión de la Autoridad Marítima de Panamá (AMP) para el manejo marino-costero integrado.

Que en el Contrato de Préstamo No.1724/OC-PN en su Capitulo II Cláusula 3.03. Condiciones especiales previas al primer desembolso acápite b) establece: " el compromiso del Organismo Ejecutor de cumplir con las obligaciones que le correspondan como organismo ejecutor del Programa en los términos de este Contrato de Préstamo, de conformidad con los términos y condiciones previamente acordados con el Banco.

Que en el Anexo Único del Préstamo No.1724/OC-PN en el punto I establece que el objetivo principal es mejorar la capacidad de gestión de la Dirección General de Recursos Marinos Costeros (DGRMC) de la Autoridad Marítima de Panamá (AMP) a fin de pasar de un manejo tradicional enfocado al sector pesquero hacia un manejo integral de los recursos marino costeros.

Que en el Anexo Único del Préstamo No.1724/OC-PN en el punto IV. Ejecución acápite 4.01 se establece como Organismo Ejecutor del Proyecto a la Autoridad Marítima de Panamá, por...

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