Resolución Nº AN 111 Ele de 30 de junio de 2006, POR EL CUAL SE PRORROGA LA RESOLUCION JD-2340 DE 7 DE SEPTIEMBRE DE 2000, QUE CONTIENE LOS CRITERIOS Y PROCEDIMIENTOS PARA LA VENTA DE ENERGIA Y POTENCIA A GRANDES CLIENTES

REPÚBLICA DE PANAMÁ AUTORIDAD NACIONAL DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS Resolución AN No.111-Elec Panamá,30 de junio de 2006 'Por la cual se prórroga la Resolución JD-2340 de 7 de septiembre de 2000, que contiene los Criterios y Procedimientos para la Venta de Energía y Potencia a Grandes Clientes' El Administrador General, en uso de sus facultades legales,

CONSIDERANDO:

  1. Que mediante el Decreto Ley 10 de 22 de febrero de 2006, se reestructura el Ente Regulador de los Servicios Públicos, bajo el nombre de Autoridad Nacional de los Servicios Públicos, como organismo autónomo del Estado, con competencia para regular y controlar la prestación de los servicios públicos de abastecimiento de agua potable, alcantarillado sanitario, telecomunicaciones, electricidad, radio y televisión, así como los de transmisión y distribución de gas natural;

  2. Que la Ley 6 de 13 de febrero de 1997, modificada por el Decreto Ley 10 de 26 de febrero de 1998, 'Por la cual se dicta el Marco Regulatorio e Institucional para la Prestación del Servicio Público de Electricidad', establece el régimen al que se sujetarán las actividades de generación, transmisión, distribución y comercialización de energía eléctrica, destinadas a la prestación del servicio público de electricidad;

  3. Que el numeral 1 del artículo 20 de la Ley 6 de 1997, le atribuye a la Autoridad Nacional de los Servicios Públicos la función de regular el ejercicio de las actividades del sector de energía eléctrica, para asegurar la disponibilidad de una oferta energética eficiente, capaz de abastecer la demanda bajo criterios sociales, económicos y de viabilidad financiera, así como propiciar la competencia en el grado y alcance definidos por la mencionada Ley e intervenir para impedir abusos de posición dominante de los agentes del mercado;

  4. Que el numeral 2 del artículo 20 de la referida Ley 6, establece que son funciones de la Autoridad vigilar y controlar el cumplimiento de las leyes y actos administrativos a los que estén sujetos quienes prestan el servicio público de electricidad y sancionar sus violaciones;

  5. Que mediante la Resolución JD-2340 de 7 de septiembre de 2000 se aprobaron los Criterios y Procedimientos para la Venta de Energía y Potencia a los Grandes Clientes, la cual tenía un término de vigencia hasta el 30 de junio de 2002, coincidiendo dicho periodo con el Régimen Tarifario para el Servicio Público de Distribución y Comercialización correspondiente al 1 de julio de 1998 al 30 de junio de...

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