Resolución Nº AN-567-ELEC de 16 de enero de 2007, "POR LA CUAL SE APRUEBA LA CELEBRACION DE UNA AUDIENCIA PUBLICA Y EL PROCEDIMIENTO A SEGUIR, PARA RECIBIR COMENTARIOS A LA PROPUESTA DE MODIFICACION DEL TITULO IV DEL REGLAMENTO DE DISTRIBUCION Y COMERCIALIZACION, DENOMIANDO REGIMEN TARIFARIO PARA EL SERVICIO PUBLICO DE DISTRIBUCION Y COMERCIALIZACION DE ELECTRICIDAD, APROBADO MEDIANTE LA RESOLUCION JD-5863 DE 17 DE FEBRERO DE 2006"

AUTORIDAD NACIONAL DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS

Resolución No. AN-567-Elec Panamá, 16 de enero de 2007

Por la cual se aprueba la celebración de una Audiencia Pública y el procedimiento a seguir, para recibir comentarios a la propuesta de modificación del Título IV del Reglamento de Distribución y Comercialización, denominado Régimen Tarifario para el Servicio Público de Distribución y Comercialización de Electricidad, aprobado mediante la Resolución JD-5863 de 17 de febrero de 2006

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El Administrador Generalen uso de sus facultades legales,

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto Ley 10 de 22 de febrero de 2006, se reestructuró el Ente Regulador de los Servicios Públicos, bajo el nombre de Autoridad Nacional de los Servicios Públicos, como organismo autónomo del Estado, con competencia para regular y controlar la prestación de los servicios públicos de abastecimiento de agua potable, alcantarillado sanitario, telecomunicaciones, electricidad, radio y televisión, así como los de transmisión y distribución de gas natural;

Que la Ley 6 de 3 de febrero de 1997, por la cual se dicta el Marco Regulatorio e Institucional para la Prestación del Servicio Público de Electricidad, establece el régimen a que se sujetarán las actividades de generación, transmisión, distribución y comercialización de energía eléctrica, destinadas a la prestación del servicio público de electricidad;

Que conforme lo dispuesto en el numeral 1 del artículo 98 de la Ley 6 de 3 de febrero de 1997, las empresas prestadoras del servicio público de electricidad se someterán al régimen de regulación de tarifas, y atribuye a la Autoridad Nacional de los Servicios Públicos la función de definir periódicamente fórmulas tarifarias separadas para los servicios de transmisión, distribución, venta a clientes regulados y operación integrada;

Que en atención a la anterior obligación, mediante la Resolución JD-5863 de 17 de febrero de 2006, esta Autoridad aprobó el Título IV del Reglamento de Distribución y Comercialización denominado Régimen Tarifario, el cual regirá hasta el 30 de junio de 2010;

Que en atención a que el costo del combustible incide directamente en las tarifas del servicio de energía eléctrica que se aplican a los clientes, esta Autoridad considera necesario mantener para el Régimen Tarifario que rige hasta el 30 de junio de 2010, la recomendación efectuada por la Comisión Nacional de Ahorro Energético (CONAE) al Órgano Ejecutivo de revisar mensualmente el componente de energía (combustible) en la tarifa, la cual fue acogida mediante su Resolución de Gabinete 22 de 29 de marzo de 2006, con el propósito de estabilizar las tarifas;

Que el numeral 18 del artículo 19 de la Ley 26 de 1996, faculta a la Autoridad Nacional de los Servicios Públicos, a organizar las audiencias públicas que las leyes sectoriales ordenen o que la propia Autoridad considere necesarias, por lo que;

RESUELVE:

PRIMERO: APROBAR la celebración de una Audiencia Pública para recibir los comentarios sobre la propuesta de modificación del Título IV del Reglamento de Distribución y Comercialización, denominado Régimen Tarifario para el Servicio Público de Distribución y Comercialización de Electricidad, aprobado mediante la Resolución JD-5863 del 17 de febrero de 2006, para incorporar una actualización parcial mensual por el efecto de la variación del precio del combustible.

SEGUNDO: COMUNICAR a todos los interesados en participar en la Audiencia Pública que el Anexo A de la presente Resolución, contiene la propuesta de modificación del Título IV del Reglamento de Distribución y Comercialización, denominado Régimen Tarifario para el Servicio Público de Distribución y Comercialización, aprobado mediante la Resolución JD-5863 del 17 de febrero de 2006 y que, a partir del 22 de enero de 2007, la referida propuesta estará disponible en la Dirección Nacional de Electricidad, Agua Potable y Alcantarillado Sanitario de la Autoridad Nacional de los Servicios Públicos y en la siguiente dirección electrónica www.asep.gob.pa.

TERCERO: COMUNICAR que la referida Audiencia Pública se llevará a cabo a las nueve y treinta de la mañana (9:30 a.m) del martes 6 de febrero de 2007 en el salón 230 de la Autoridad Nacional de los Servicios Públicos, segundo piso del edificio Office Park, ubicado en la intersección de la vía España y la Fernández de Córdoba.

CUARTO: ANUNCIAR que la Autoridad Nacional de los Servicios Públicos estudiará los comentarios recibidos como parte del proceso de esta Audiencia Pública, y en aquellos casos en que proceda algún cambio o inclusión de algún aspecto que a juicio de esta Autoridad considere importante o significativa, podrá realizar consultas adicionales por cualquier medio que considere conveniente, pero solamente a los previamente inscritos para esta Audiencia.

QUINTO: ANUNCIAR que la Autoridad Nacional de los Servicios Públicos aceptará comentarios con respecto a la propuesta del tema descrito en el resuelto primero de esta Resolución, de acuerdo al procedimiento que se detalla a continuación:

A.- PROCEDIMIENTO DE LA AUDIENCIA PÚBLICA:

  1. - Participantes:

    Cualquier persona con derecho a exponer el día de la Audiencia, siempre y cuando se haya inscrito dentro de los términos señalados. Todo aquel que concurra en representación de una o más personas naturales o jurídicas se limitará a una sola exposición.

  2. - Observadores:

    Cualquier persona que desee asistir, siempre y cuando se haya inscrito previamente dentro de los términos señalados.

  3. - Orden y horario de Participación:

    Se fijará un anuncio el 5 de febrero de 2007 en el mural del primer piso de las oficinas de la Autoridad Nacional de los Servicios Públicos y en la página electrónica de esta Entidad: www.asep.gob.pa

  4. - Tiempo máximo permisible por participante:

    15 minutos para su exposición.

  5. - Persona responsable de presidir la Audiencia Pública:

    El Administrador General o el funcionario que éste designe.

  6. - Registro de la Audiencia Pública:

    Grabación en audio.

    B.- AVISOS:

    Se efectuarán mediante la prensa escrita durante dos (2) días calendario en dos diarios de circulación nacional y en la siguiente dirección electrónica: www.asep.gob.pa.

    C.- INSCRIPCIÓN PARA PARTICIPAR EN LA AUDIENCIA PÚBLICA:

  7. - Personas calificadas para participar en la Audiencia Pública:

    1.1- Los representantes legales de los agentes del mercado, conforme hayan sido registrados en la Autoridad Nacional de los Servicios Públicos, o las personas debidamente autorizadas por ellos mediante poder otorgado conforme a las disposiciones legales vigentes.

    1.2- Los representantes legales de las empresas o personas naturales que a la fecha de la publicación de la presente Resolución hayan iniciado un proceso ante la Autoridad Nacional de los Servicios Públicos para la obtención de una o varias concesiones y/o licencias para la prestación de los servicios público de electricidad.

    1.3- Los representantes de las organizaciones, empresas o asociaciones públicas o privadas, o las personas debidamente autorizadas por ellos mediante poder otorgado conforme a las disposiciones legales vigentes.

    1.4- Las personas naturales que actúen en su propio nombre y representación, o las personas debidamente autorizadas por ellos mediante poder otorgado conforme a las disposiciones legales vigentes

  8. - Fecha y Horario de Inscripción:

    Del 22 de enero al 5 de febrero de 2007.

    De 8:00 a.m. a 3:00 p.m.

  9. - Lugar de Inscripción:

    Edificio Office Park

    Vía España y Fernández de Córdoba

    Primer Piso. Dirección Nacional de Electricidad, Agua Potable y Alcantarillado Sanitario.

  10. - Forma de Inscripción:

    Mediante Formulario que estará disponible en la Autoridad Nacional de los Servicios Públicos a partir del 22 de enero al 5 de febrero 2007, en el lugar señalado en el punto anterior, al cual se adjuntará copia del documento de identificación personal de las personas naturales o de los representantes legales de las empresas, o el original del poder otorgado para su representatividad, según sea el caso.

    El Formulario de inscripción también puede obtenerse en la siguiente dirección electrónica: www.asep.gob.pa, sin embargo es obligatorio presentarlo en original ante las oficinas de la Dirección Nacional de Electricidad Agua Potable y Alcantarillado Sanitario.

  11. - Documentación que deben presentar:

    Original y una copia de la charla que se presentará, la cual debe entregarse el día de la Audiencia Pública junto con una copia en medio magnético en formato Word.

    D.- PRESENTACIÓN DE COMENTARIOS U OBJECIONES:

  12. - Personas calificadas para entregar comentarios u objeciones:

    1.1- Los representantes legales de los agentes del mercado, conforme hayan sido registrados en la Autoridad Nacional de los Servicios Públicos, o las personas debidamente autorizadas por ellos mediante poder otorgado conforme a las disposiciones legales vigentes.

    1.2- Los representantes legales de las empresas o personas naturales que a la fecha de la publicación de la presente Resolución hayan iniciado un proceso ante la Autoridad Nacional de los Servicios Públicos para la obtención de una o varias concesiones y/o licencias para la prestación de los servicios público de electricidad.

    1.3- Los representantes de las organizaciones, empresas o asociaciones públicas o privadas, o las personas debidamente autorizadas por ellos mediante poder otorgado conforme a las disposiciones legales vigentes.

    1.4- Las personas naturales que actúen en su propio nombre y representación, o las personas debidamente autorizadas por ellos mediante poder otorgado conforme a las disposiciones legales vigentes.

  13. - Fecha y hora...

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