Resolución Nº NºAN-2109-Elec de 3 de octubre de 2008, 'POR LA CUAL SE APRUEBA LA CELEBRACION DE UNA AUDIENCIA PUBLICA Y EL PROCEDIMIENTO A SEGUIR, PARA RECIBIR COMENTARIOS A LA PROPUESTA DE MODIFICACION DEL REGLAMENTO DE TRANSMISION APROBADO MEDIANTE LA RESOLUCION JD-5216 DE 14 DE ABRIL DE 2005 Y SUS MODIFICACIONES'.

REPUBLICA DE PANAMA

AUTORIDAD NACIONAL DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS

Resolución No. AN-2109-Elec Panamá, 3 de octubre de 2008

"Por la cual se aprueba la celebración de una Audiencia Pública y el procedimiento a seguir, para recibir comentarios a la propuesta de modificación del Reglamento de Transmisión aprobado mediante la Resolución JD-5216 de 14 de abril de 2005 y sus modificaciones".

El Administrador General en uso de sus facultades legales,

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto Ley 10 de 22 de febrero de 2006, se reestructuró el Ente Regulador de los Servicios Públicos, bajo el nombre de Autoridad Nacional de los Servicios Públicos, como organismo autónomo del Estado, con competencia para regular y controlar la prestación de los servicios públicos de abastecimiento de agua potable, alcantarillado sanitario, telecomunicaciones, electricidad, radio y televisión, así como los de transmisión y distribución de gas natural;

Que la Ley 6 de 3 de febrero de 1997, por la cual se dicta el Marco Regulatorio e Institucional para la Prestación del Servicio Público de Electricidad, establece el régimen a que se sujetarán las actividades de generación, transmisión, distribución y comercialización de energía eléctrica, destinadas a la prestación del servicio público de electricidad;

Que mediante la Resolución JD-5216 de 14 de diciembre de 2005, esta Autoridad Reguladora aprobó el Reglamento de Transmisión, el cual contiene las normas relacionadas con la calidad del servicio, los derechos y obligaciones de las empresas que prestan el servicio público de transmisión de electricidad y de los usuarios de la red de transmisión, régimen tarifario, así como normas relacionadas a la organización de las expansiones, planificación del sistema , conexión y uso, entre otras;

Que en virtud de los recursos de reconsideración interpuestos por Elektra Noreste, S.A., la Empresa de Distribución Eléctrica Metro-Oeste, S.A. y la Empresa de Distribución Eléctrica Chiriquí, S.A., el Anexo A de la Resolución JD-5216, fue modificada;

Que el 16 de junio de 2008, se modifica nuevamente la referida resolución, posterior a la realización de un informe de desempeño y a un proceso de consulta ciudadana a través del mecanismo de Audiencia Pública. Dichas reformas están contenidas en el Anexo A de la Resolución AN No. 1802-Elec de 16 de junio de 2008;

Que de acuerdo al artículo 9 del Reglamento de Transmisión, el mismo debe adaptarse a los cambios que surjan en el servicio de Transmisión, a los requerimientos del Mercado Eléctrico Regional, a las modificaciones en la calidad de servicio requerida, a nuevas alternativas para facilitar la expansión del sistema o para obtener mayor eficiencia en su ejecución y, a los cambios tecnológicos que se produzcan;

Que esta Autoridad ha efectuado una nueva revisión al Reglamento de Transmisión y considera necesario introducir modificaciones a éste, principalmente para:

i) armonizar la normativa relacionada con la prioridad de uso y aspectos de calidad de las redes nacionales que operan en el ámbito regional, respecto al Reglamento del Mercado Eléctrico Regional;

(ii) subsanar las asimetrías en la aplicación de los criterios de seguridad y calidad en algunos equipos, así como en la responsabilidad de planificación de algunos equipamientos;

(iii) definición de las instalaciones de conexión;

(iv) establecer criterios de detalle para evitar la asignación de costos de negocios no regulados a negocios regulados;

(vi) incluir criterios de análisis para la remuneración de los activos eléctricos y no eléctricos;

(vi) determinar los derechos y responsabilidades en la operación y en los ingresos asociados a las nuevas obras realizadas con fondos públicos;

(vii) aclarar el proceso de traspaso de un equipamiento de propiedad de un usuario del Sistema de Transmisión al Sistema Principal de Transmisión, como consecuencia de su función en red de transmisión;

(viii) aclarar la redacción y las fórmulas para determinar el Ingreso Máximo Permitido, en los casos de generación distribuida;

Que de acuerdo al numeral 18 del artículo 20 del texto único de la Ley 26 de 29 de enero de 1996, atribuye a esta Autoridad, la facultad de organizar las audiencias públicas que las leyes sectoriales ordenen o que la propia Autoridad considere necesarias;

Que en atención a las anteriores consideraciones y a que conforme al artículo 13 del Reglamento de Distribución, esta Autoridad Reguladora debe someter a la participación ciudadana las propuestas de modificación a éste reglamento, y en particular a una Audiencia Pública si tales modificaciones se refieren al Régimen o Procedimientos Tarifarios y las Normas de Calidad, resulta necesario someter a la ciudadanía la propuesta de la Autoridad Reguladora, por lo que;

RESUELVE:

PRIMERO: APROBAR la celebración de una Audiencia Pública para recibir los comentarios sobre la propuesta de modificación del Reglamento de Transmisión, aprobado mediante la Resolución JD-5216 del 14 de abril de 2005 y modificada por las Resoluciones JD-5351, JD-5352, JD-5353 todas de 14 de junio de 2005 y la Resolución AN No. 1802-Elec de 16 de junio de 2008.

SEGUNDO: COMUNICAR a todos los interesados en participar en la Audiencia Pública que en el Anexo A de la presente Resolución, se amplían las consideraciones de esta Autoridad respecto a los cambios propuestos y el Anexo B de la presente Resolución, contiene la propuesta de modificación del Reglamento de Transmisión, que se somete a la consideración ciudadana.

TERCERO: COMUNICAR que la referida Audiencia Pública se llevará a cabo a las nueve y treinta de la mañana (9:30 a.m) del viernes 24 de octubre de 2008 en el salón 230 de la Autoridad Nacional de los Servicios Públicos, segundo piso del edificio Office Park, ubicado en la intersección de la vía España y la Fernández de Córdoba.

CUARTO: ANUNCIAR que la Autoridad Nacional de los Servicios Públicos estudiará los comentarios recibidos como parte del proceso de esta Audiencia Pública, y en aquellos casos en que proceda algún cambio o inclusión de algún aspecto que a juicio de esta Autoridad considere importante o significativa, podrá realizar consultas adicionales por cualquier medio que considere conveniente, pero solamente a los previamente inscritos para esta Audiencia.

QUINTO: ANUNCIAR que la Autoridad Nacional de los Servicios Públicos aceptará comentarios con respecto a la propuesta del tema descrito en el resuelto primero de esta Resolución, de acuerdo al procedimiento que se detalla a continuación:

A.- PROCEDIMIENTO DE LA AUDIENCIA PÚBLICA:

  1. Personas calificadas para presentar comentarios y/o exponer sus propuestas en la Audiencia Pública:

    1.1. Los representantes legales de los agentes de mercado, conforme hayan sido registrados en la Autoridad Nacional de los Servicios Públicos, o las personas debidamente autorizadas por ellos, mediante poder otorgado conforme a las disposiciones legales vigentes.

    1.2 Los representantes de las empresas o personas naturales que a la fecha de la publicación de la presente Resolución hayan iniciado un proceso ante la Autoridad para la obtención de una o varias concesiones y/o licencias para la prestación de los servicios públicos de electricidad.

    1.3 Los representantes de las organizaciones, empresas o asociaciones públicas o privadas, o las personas debidamente autorizadas por ellos, mediante poder otorgado conforme a las disposiciones legales vigentes.

    1.4. Las personas naturales que actúen en su propio nombre y representación, o las personas debidamente autorizadas por ellos, mediante poder otorgado conforme a las disposiciones legales vigentes.

  2. Fecha y Horario de Inscripción y entrega de comentarios:

    Requerirán inscripción quienes deseen participar en la Audiencia Pública como expositores y los interesados en presentar sus comentarios.

    Del lunes 6 de octubre al jueves 23 de octubre del año 2008, en horario de 8:00 a.m. a 3:00 p.m.

    Luego de finalizado el periodo de inscripción y entrega de comentarios la Autoridad levantará un acta donde constará el nombre de las personas que hayan presentado documentación.

  3. Lugar de Inscripción y entrega de comentarios:

    Autoridad Nacional de los Servicios Públicos

    Edificio Office Park

    Vía España y Vía Fernández de Córdoba

    Primer Piso, Dirección Nacional de Electricidad, Agua Potable y Alcantarillado Sanitario.

  4. Forma de Inscripción:

    Mediante Formulario que estará disponible en la Autoridad a partir del lunes 6 de octubre al jueves 23 de octubre del año 2008, en el lugar señalado en el punto anterior, al cual se adjuntará copia del documento de identificación personal de las personas naturales o de los representantes legales de las empresas, o el original del poder otorgado para su representatividad, según sea el caso.

  5. Documentación que deben presentar los Expositores:

    Exposición escrita de la charla que se presentará (original y una copia simple) y su correspondiente versión en formato digital el día de la Audiencia Pública.

  6. Forma de Entrega de los Comentarios:

    6.1 En sobre cerrado, uno por cada participante.

    6.2. El sobre con los comentarios para la propuesta a que se refiere la presente Audiencia Pública, debe identificarse con la siguiente leyenda:

    "AUDIENCIA PÚBLICA PARA LA MODIFICACIÓN DEL REGLAMENTO DE TRANSMISIÓN APROBADO MEDIANTE LA RESOLUCIÓN JD-5216 DE 14 DE ABRIL DE 2005 Y SUS MODIFICACIONES"

    NOMBRE, TELÉFONOS, DIRECCIÓN FÍSICA Y ELÉCTRONICA DEL REMITENTE

  7. Contenido de la Información:

    7.1. Nota remisoria: Los comentarios y la información que los respalde deben ser remitidos a la Autoridad mediante nota que debe ser firmada por las personas a que se refiere el punto 1 de este procedimiento. Dicha nota deberá estar acompañada de...

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