Resolución Nº AN-No. 419-Elec. de 17 de noviembre de 2006, POR LA CUAL SE APRUEBA EL INFORME INDICATIVO DE DEMANDAS PARA LOS AÑOS 2007-2016 PRESENTADO POR EL CENTRO NACIONAL DE DESPACHO

REPÚBLICA DE PANAMÁ

ENTE REGULADOR DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS

Resolución AN N° 419-Elec. Panamá, 17de noviembre de 2006

Por la cual se aprueba el Informe Indicativo de Demandas para los años 2007-2016 presentado por el Centro Nacional de Despacho

El Administrador General,

en uso de sus facultades legales,

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto Ley 10 de 22 de febrero de 2006, se reestructura el Ente Regulador de los Servicios Públicos, bajo el nombre de Autoridad Nacional de los Servicios Públicos, como organismo autónomo del Estado, con competencia para regular y controlar la prestación de los servicios públicos de abastecimiento de agua potable, alcantarillado sanitario, telecomunicaciones, electricidad, radio y televisión, así como los de transmisión y distribución de gas natural;

Que la Ley 6 de 3 de febrero de 1997, modificada por el Decreto-Ley 10 de 26 de febrero de 1998, por la cual se dicta el Marco Regulatorio e Institucional para la prestación del Servicio Público de Electricidad, establece el régimen al que se sujetarán las actividades de generación, transmisión, distribución y comercialización de energía eléctrica, destinadas a la prestación del servicio público de electricidad;

Que el numeral 1 del artículo 20 de la Ley 6 de 1997, le atribuye a la Autoridad Nacional de los Servicios Públicos (en adelante la Autoridad) la función de regular el ejercicio de las actividades del sector de energía eléctrica, para asegurar la disponibilidad de una oferta energética eficiente, capaz de abastecer la demanda bajo criterios sociales, económicos, ambientales y de viabilidad financiera, así como propiciar la competencia en el grado y alcance definidos por la mencionada Ley e intervenir para impedir abusos de posición dominante de los Agentes del Mercado;

Que mediante Resolución N° JD-605 de 24 de abril de 1998, modificada por las Resoluciones N° JD-763 de 8 de junio de 1998, JD-3207 de 22 de febrero de 2002, N° JD-3463 de 21 de agosto de 2002, N° JD-4812 de 27 de julio de 2004 y JD-5864 de 17 de febrero de 2006, la Autoridad aprobó las Reglas para el Mercado Mayorista de Electricidad de la República de Panamá, contenidas en el Anexo A de dicha Resolución, con la finalidad de contar con normas claras y precisas que garanticen la transparencia del mercado y de sus precios;

Que los numerales 5.1.1.1 y 5.1.1.2 de las Reglas del Mercado Mayorista de Electricidad estipulan que el Centro Nacional de Despacho (en adelante CND) debe calcular...

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