Resolución de Junta Directiva Nº 15-2007 de 27 de febrero de 2007, "POR MEDIO DEL CUAL SE AUTORIZA AL DIRECTOR EJECUTIVO DEL INSTITUTO DE ACUEDUCTOS Y ALCANTARILLADOS NACIONALES (IDAAN), PARA SUSCRIBIR UN ACUERDO CON LA UNIVERSIDAD DE PANAMA, A FIN DE ESTABLECER LAS BASES DE COOPERACION INTERINSTITUCIONAL, PARA EL DESARROLLO DE PROYECTOS ENCAMINADOS A LOGRAR LA INTEGRACION DEL SISTEMA DE AGUAS RESIDUALES, PRINCIPALMENTE PARA LOGRAR LA CONEXION DEL SISTEMA DE AGUAS RESIDUALES DEL CENTRO REGIONAL UNIVERSITARIO DE LOS SANTOS AL SISTEMA DE ALCANTARILLADO SANITARIO DE LA CIUDAD DE LAS TABLAS."

INSTITUTO DE ACUEDUCTOS Y ALCANTARILLADOS NACIONALES

RESOLUCION DE JUNTA DIRECTIVA N° 15 -2007

"Por medio del cual se autoriza al Director Ejecutivo del Instituto de Acueductos y Alcantarillados Nacionales (IDAAN), para suscribir un Acuerdo con la Universidad de Panamá, a fin de establecer las bases de cooperación interinstitucional, para el desarrollo de proyectos encaminados a lograr la integración del sistema de aguas residuales, principalmente para lograr la conexión del sistema de aguas residuales del Centro Regional Universitario de Los Santos al sistema de Alcantarillado Sanitario de la Ciudad de Las Tablas".

LA JUNTA DIRECTIVA DEL

INSTITUTO DE ACUEDUCTOS Y ALCANTARILLADOS NACIONALES

CONSIDERANDO:

Que la misión del Instituto de Acueductos y Alcantarillados Nacionales (IDAAN), reestructurada mediante Ley 77 de 28 de diciembre de 2001, Orgánica de la institución, es la de mejorar el nivel de salud de la comunidad, bienestar y progreso del país a través de la dotación de los servicios del agua potable y la recolección y disposición de las aguas servidas, velando por la conservación del medio ambiente, con miras a alcanzar niveles de productividad y eficiencia que nos permitan lograr un desarrollo auto sostenible.

Que la visión del Instituto de Acueductos y Alcantarillados Nacionales (IDAAN), es ser la empresa líder de los servicios públicos de Panamá, alcanzando niveles de productividad y rentabilidad que permitan un desarrollo auto sostenible e identificando nuevas oportunidades de negocio.

Que de acuerdo a lo que establece el numeral 5 del artículo 7 de la Ley Nº77 de 28 de diciembre de 2001, Orgánica del IDAAN, compete a esta Junta Directiva autorizar contratos y acuerdos con personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, nacionales o extranjeras, sobre los servicios que considere oportunos para el cumplimiento de sus atribuciones y para el mejor beneficio de los usuarios.

Que de conformidad con el numeral 15 del artículo 24 de la mencionada Ley 77 de 2001, el Director Ejecutivo del Instituto de Acueductos y Alcantarillados Nacionales (IDAAN) tiene la facultad de ejercer las funciones, atribuciones y deberes que le correspondan, conforme a las leyes y reglamentos vigentes.

Que entre los fines principales de la Universidad de Panamá, regulada por la Ley 24 de 14 de julio de 2005, Orgánica de la institución, está el de difundir los aspectos legales, culturales y promover la creación de una nueva cultura...

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