Resolución Nº AG-0011-2010 de 6 de enero de 2010, 'POR MEDIO DE LA CUAL SE ACTUALIZA EL CANON PARA LA CONCESIÓN DE USO DE ESPACIOS FÍSICOS DE TERRENOS Y FACILIDADES FÍSICAS EN LA CIMA DEL PARQUE NACIONAL VOLCÁN BARU'.

REP�BLICA DE PANAM�

AUTORIDAD NACIONAL DEL AMBIENTE (ANAM)

Resoluci�n No. AG- 0011-2010

"Por medio de la cual se actualiza el canon para la concesi�n de uso de espacios f�sicos de terrenos y facilidades f�sicas en la cima del Parque Nacional Volc�n Bar�."

EL SUSCRITO ADMINISTRADOR GENERAL DE LA AUTORIDAD NACIONAL DEL AMBIENTE, EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES, Y

CONSIDERANDO:

Que la Constituci�n Pol�tica de la Rep�blica de Panam�, establece el deber para el Estado y todos los habitantes del territorio nacional de propiciar un desarrollo social y econ�mico que prevenga la contaminaci�n del ambiente, mantenga el equilibrio ecol�gico y evite la destrucci�n de los ecosistemas.

Que igualmente, la precitada excerta legal indica en su art�culo 120 que el Estado reglamentar�, fiscalizar�, y aplicar� oportunamente las medidas necesarias para garantizar la utilizaci�n y el aprovechamiento de la fauna terrestre, fluvial y marina, as� como los bosques, tierras y aguas, se lleven a cabo racionalmente, de manera que se evite su depredaci�n y se asegure su preservaci�n y permanencia.

Que la Ley 41 de I de julio de 1998, "General de Ambiente de la Rep�blica de Panam�", establece que la administraci�n del ambiente es una obligaci�n del Estado; ordena la gesti�n ambiental y la integra a los objetivos sociales y econ�micos, a efecto de lograr el desarrollo humano sostenible del pa�s.

Que el art�culo 5 de la citada Ley 41, se�ala que se crea la Autoridad Nacional del Ambiente como la entidad aut�noma rectora del Estado en materia de recursos naturales y del ambiente, para asegurar el cumplimiento y aplicaci�n de las leyes, los reglamentos y la pol�tica nacional del ambiente.

Que el art�culo 7 de la Ley 41 de 1998, en su numeral 17, establece entre las atribuciones de la Autoridad Nacional del Ambiente (ANAM), est� cobrar por los servicios que presta a entidades p�blicas, empresas mixtas o privadas, o a personas naturales, para el desarrollo actividades con fines de lucros.

Que el numeral 10 del art�culo 11 de la precitada Ley 41, faculta a el o la Administradora General del Ambiente, a otorgar concesiones de bienes del Estado en materia de recursos naturales renovables.

Que as� mismo, el numeral 12 del art�culo 11 de la Ley General del Ambiente de la Rep�blica de Panam�, indica que el Administrador o la Administradora General del...

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