Decreto Nº 221-2009 de 24 de julio de 2009, 'MANUAL ESPECÍFICO DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL PARA EL PROGRAMA DE DESARROLLO COMUNITARIO PARA INFRAESTRUCTURA PÚBLICA (PRODEC)'.

DECRETO NÚMERO 221-2009 DMySC
(De 24 de julio de 2009)
Por el cual se aprueba el
MANUAL ESPECÍFICO DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL PARA EL
PROGRAMA DE DESARROLLO COMUNITARIO PARA INFRAESTRUCTURA
PÚBLICA (PRODEC)
EL CONTRALOR GENERAL DE LA REPÚBLICA
En uso de sus facultades constitucionales y legales
CONSIDERANDO:
Que, el ordinal 8 del artículo 280 de la Constitución Política de la República de Panamá, señala
como función de la Contraloría General de la República establecer los métodos de contabilidad
de las dependencias públicas nacionales, provinciales, municipales, autónomas o semiautónomas
y de las empresas estatales;
Que, el ordinal 9 del artículo 11 de la Ley Nº32 de noviembre de 1984, Orgánica de la
Contraloría General de la República, señala que la Contraloría General establecerá los métodos
y sistemas de contabilidad de las dependencias públicas, y una vez establecidos, ésta señalará
mediante resolución una fecha para su aplicación por la dependencia estatal respectiva, a partir
de la cual tales métodos y sistemas serán de obligatorio cumplimiento para los funcionarios
encargados de aplicarlos;
Que, mediante Decreto Número 420-2005 DMySC de 26 de septiembre, se aprueba el uso de la
versión actualizada del Manual General de Contabilidad Gubernamental M.07.09.05, en las
dependencias públicas, nacionales, provinciales, municipales, autónomas o semiautónomas,
empresas estatales y juntas comunales en la República de Panamá.
Que, el propósito fundamental del Manual Específico de Contabilidad Gubernamental para el
Programa de Desarrollo Comunitario para Infraestructura Pública (PRODEC), consiste en
proporcionar a los usuarios, un documento normativo y a la vez una herramienta de trabajo de
consulta permanente, que contenga los principios y procedimientos contables aplicables al
Programa; así como, establecer un plan de cuentas que permita contabilizar los eventos
económicos de manera uniforme, a efecto de facilitar información para el proceso de adopción
de decisiones.
Que, corresponde privativamente a la Contraloría General de la República instituir los métodos
y sistemas de contabilidad para las dependencias públicas, coordinar y velar por su adecuada
aplicación.
DECRETA:
ARTÍCULO PRIMERO: Aprobar el uso del Manual Específico de Contabilidad
Gubernamental para el Programa de Desarrollo Comunitario para Infraestructura Pública
(PRODEC).
No 26379-A
Gaceta Oficial Digital, jueves 01 de octubre de 2009
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ARTÍCULO SEGUNDO: La Contraloría General de la República, a través de la Dirección de
Métodos y Sistemas de Contabilidad, realizará las acciones que permitan implementar, en
coordinación con las unidades ejecutoras, co-ejecutoras, Gobernaciones Provinciales y
Comarcales, el Sistema Específico de Contabilidad Gubernamental, diseñado.
ARTÍCULO TERCERO: La Contraloría General de la República, por medio de la Dirección
de Métodos y Sistemas de Contabilidad, llevará a cabo la capacitación del personal responsable
de la operación del Sistema antes señalado. Asimismo, será la encargada de mantener
actualizado el contenido del Manual correspondiente.
ARTÍCULO CUARTO: Los Jefes y Directores de las Unidades ejecutoras, co-ejecutoras,
Gobernaciones Provinciales y Comarcales, velarán por su adecuada aplicación, su
incumplimiento ocasionará las sanciones señaladas en la Ley Nº 32 de 1984, Orgánica de la
Contraloría General de la República.
ARTÍCULO QUINTO: La Unidad de Auditoria Interna del Ministerio de Economía y
Finanzas, al igual que la Dirección de Auditoria General de la Contraloría General de la
República, asegurarán el cumplimiento del presente Decreto.
ARTÍCULO SEXTO: Este Decreto empezará a regir a partir de su promulgación.
Dado en la ciudad de Panamá a los 24 días del mes de julio de 2009.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
CARLOS A. VALLARINO R.
Contralor General de la República
JORGE L. QUIJADA V.
Secretario General
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
Dirección de Métodos y Sistemas de Contabilidad
MANUAL ESPECÍFICO DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL PARA EL
PROGRAMA DE DESARROLLO COMUNITARIO PARA INFRAESTRUCTURA
PÚBLICA (PRODEC)
CARLOS A. VALLARINO R.
Contralor General de la República
LUIS CARLOS AMADO A.
Subcontralor General
No 26379-A
Gaceta Oficial Digital, jueves 01 de octubre de 2009
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JORGE L. QUIJADA V.
Secretario General
ELY I. BROKAMP
Directora de Métodos y Sistemas de Contabilidad
GEONIS BORRERO
Subdirector de Métodos y Sistemas de Contabilidad
DANIEL RIVERA L.
Jefe del Departamento de Sistemas de Contabilidad
ROBERTO RIVAS J.
Supervisor del Departamento de Sistemas de Contabilidad
ROSARIO DEL C. MÉNDEZ P.
Analista de Sistemas de Contabilidad
DOLORES C. DE NAVARRO
Secretaria
ÍNDICE
Página
DECRETO APROBATORIO
INTRODUCCIÓN
Capítulo I: ASPECTOS CONCEPTUALES
1. Fundamentos legales y objetivo institucional
2. Estructura administrativa contable
3. La Contabilidad Gubernamental
a. Definición y características de la Contabilidad Gubernamental
b. Principios elementales de la contabilidad
c. Bases de contabilidad
d. Procedimientos técnicos generales
1. Unidad de almacén
2. Obligatoriedad de compromisos y derechos
No 26379-A
Gaceta Oficial Digital, jueves 01 de octubre de 2009
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