Acuerdo Municipal Nº 18 de 6 de junio de 2007, 'POR EL CUAL EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE GUARARE, DICTA DISPOSICIONES SOBRE LA CONSTRUCCION, ADICION DE ESTRUCTURAS, MEJORAS, DEMOLICION, CAÑERIAS, MOVIMIENTO DE TIERRAS, CONSTRUCCION DE CARRETERAS, PUENTES Y OBRAS SIMILARES EN EL DISTRITO DE GUARARE'.

ACUERDO MUNICIPAL No.18

Del 6 de junio de 2007

"POR EL CUAL EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE GUARARÉ, DICTA DISPOSICIONES SOBRE LA CONSTRUCCION, ADICIÓN DE ESTRUCTURAS, MEJORAS, DEMOLICIÓN, CAÑERIAS, MOVIMIENTO DE TIERRA, CONSTRUCCIÓN DE CARRETERAS, PUENTES Y OBRAS SIMILARES EN EL DISTRITO DE GUARARÉ"

EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE GUARARÉ EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES Y;

CONSIDERANDO:

  1. QUE ES FUNCIÓN DE LOS CONSEJOS MUNICIPALES REGLAMENTAR LO RELATIVO A LAS CONSTRUCCIONES, DE ACUERDO A LO ESTIPULADO EN EL NUMERAL 15 DEL ARTÍCULO 17 DE LA LEY NO. 106 DE 8 DE OCTUBRE 1973.

  2. QUE CORRESPONDE A LOS CONSEJOS MUNICIPALES REGLAMENTAR LAS CONSTRUCCIONES DE EDIFICIOS EN SUS RESPECTIVAS CIRCUSCRIPCIONES, SEGÚN LO ESTBLECIDO EN LOS ARTÍCULOS 1313 Y 1324 DEL CÓDIGO ADMINISTRATIVO.

  3. QUE DE ACUERDO AL ARTÍCULO 6 DE LA LEY NO. 6 DE 1 DE FEBRERO DE 2006, LOS MUNICIPIOS SON AUTORIDADES URBANÍSTICAS DENTRO DE LA ESFERA DE SU COMPETENCIA.

  4. QUE POR LO ANTES DESCRITO.

ACUERDA

DISPOSICIONES GENERALES Artículos 1 a 45
ARTICULO 1

Para construir casas, edificios, puentes, carreteras, caminos, puentes, vados, acueductos, alcantarillados, potabilizadoras, instalaciones agrícolas, agropecuarias, porquerizas, polleras, molinos, torres, empacadoras de frutas, puertos, aeropuertos, todo tipo de construcción civil, para realizar mejoras, adiciones a estructuras, demoliciones, cañerías, movimiento de tierra, puentes y obras similares dentro del Distrito de Guararé, ya sea a través del sector privado o público, se requiere obtener permiso escrito otorgado por la Alcaldía a través de la Oficina de Dirección de Obras y Construcciones Municipales del Distrito de Guararé y hacer el pago correspondiente del impuesto de edificación o reedificación según corresponda.

La Oficina de Dirección de Obras y Construcciones Municipales del Distrito de Guararé expedirá el permiso con base a las disposiciones señaladas por los artículos 1313 y l314 del Código Administrativo y las que dispone el presente acuerdo.

ARTÍCULO 2

El permiso a que se refiere el artículo anterior será expedido sobre base dictamen técnico de la oficina de Dirección de Obras y Construcciones Municipales sujeto a los requisitos o trámites dispuestos en el presente acuerdo.

PLANOS DE EDIFICACIONES.

ARTICULO 3

Para obtener el permiso de construcción señalado en el artículo anterior, el interesado deberá presentar a la oficina de Dirección de Obras y Construcciones, para su revisión y aprobación, los planos de la obra a realizar, los cuales deberán estar firmados por los profesionales idóneos en el área, ingeniero civil, arquitecto, plomero, electricista, además éstos deben estar aprobados y sellados por la Oficina de Seguridad de los Bomberos, MINSA.

(Departamento de Saneamiento Ambiental), IDAAN, CABLE &WIRELESS, EDEMET-EDECHI. SA, y cualquiera institución que por ley lo requiera.

La presentación de los planos se hará de la forma siguiente:

3.1 PRESENTACIÓN: Los dibujos que constituyan los planos deberán hacerse de tal forma que las copias que de ellos se obtengan resulten legibles, con leyenda en idioma español y confeccionados en el sistema internacional de medidas, las dimensiones mínimas de las hojas deben ser de 0.60m por 0.90m.

3.2 VIGENCIA: Los planos de edificaciones, una vez revisados y registrados por todas las entidades responsables tendrán un periodo de validez por dos (2) años.

3.3. INFORMACIÓN BASICA QUE SE DEBE INCLUIR EN LOS PLANOS DE EDIFICACIONES:

3.3.1. Localización regional clara y de fácil interpretación a escala 1:5,000.

3.3. 2. Localización general con escala 1:200; 1.100; 1.75 de acuerdo al tamaño de la finca, incluir topografía, niveles de piso acabados; diseños de drenaje sanitario según prueba de percolación, drenaje pluvial, proyección de aleros y plantas alta, identificar colindantes, indicar datos de la finca. Se deberá indicar derecho de vía, la línea de construcción y los retiros laterales y posterior que cumplan con lo establecido en la zonificación de plan norma / o vigente para el Distrito de Guararé.

3 3.3.Planta arquitectónica, incluyendo todos los pisos del edificio .

3.3.4. Detalles constructivos en general

3.3.5. Elevación o fachadas.

3.3.6. Acabados de todos los ambientes del proyecto.

3.3.7. Secciones y detalles ampliados.

3.3.8. Diseños especiales para discapacitados, tales como estacionamiento aceras, rampas, pasillos y servicios sanitarios con facilidades para sillas de rueda, áreas comerciales, industriales públicas y privadas, según las reglamentaciones nacionales y municipales que al efecto se dicten.

3.3.9. Sello y firma en original a tinta negra de todos los profesionales responsables en las distintas secciones del plano. El sello debe ser el otorgado por la Junta Técnica de Ingeniería y Arquitectura.

  1. 3.10.Resumen de las áreas de construcción (abiertas y cerradas) incluir desglose de áreas de construcción de acuerdo a sus especificaciones (Comercial, Industrial, Residencial, y otros).

    3.3.11. Incluir cuadro membreteado o pie descriptivo, con la siguiente información, con tinta negra.

    3.1 1.1. Franja corrida de 0.10 m en la parte inferior o lateral derecho para la colocación de sellos.

    3.1 1.2. Descripción del trabajo o proyecto e identificación del propietario.

  2. 1 1.3. Dirección completa de dónde se ubicará el proyecto.

  3. 1 1.4 En cada sección especializada, identificación de los profesionales de los cálculos o diseños correspondiente.

  4. 11.5 .Identificación de la persona responsable del dibujo.

  5. 11.6. Número de hoja y números total de hojas

    3.11.7 .Fecha.

  6. l1.8. Escalas utilizadas.

ARTICULO 4

Las viviendas para nuevas urbanizaciones deben incluir una copia del plano de lotificación con la aprobación provisional que otorga el Ministerio de Vivienda para la tres (3) primeras viviendas, y la aprobación definitiva de ventanilla única para el resto de las viviendas, copia de la Resolución de Impacto Ambiental expedida por la ANAM certificación de que se cuenta con agua potable expedida por el IDAAN.

ARTÍCULO 5

Información básica, con respeto a la estructura:

5.1: Todas las estructuras deben ser calculadas y construidas según el reglamento estructural vigente.

5.2: Se deberá presentar estudio de suelo para aquellos edificios que contemplen planta baja y una planta o más de altura. También se exigirá estudio de suelo para aquellos terrenos que tengan precedentes de inestabilidad, de formación de relleno o arcillas expansivas.

5.3: Se deberá presentar planta estructural completa de cada nivel propuesto, indicando la posición de cada viga, vigas de amarre y dirección de losa.

5.4: Planta de techo y su detalle (dimensiones, tipo de cubierta y declive).

5.5: Detalles de cimientos, columnas, muros estructurales, techo, losa, viga, viga de amarre y escaleras (cantidad y numero de barras, dimensiones, números de estribos).

5.6: En las adiciones propuestas sobre estructuras existentes, el ingeniero diseñador deberá incluir una certificación, señalando la capacidad de soporte existente para recibir las cargas adicionales.

5.7: Presentar memoria técnica de los cálculos estructurales. El ingeniero responsable del cálculo estructural deberá firmar todas las hojas de la memoria y además deberá sellar y firmar las hojas de los planos que contengan las secciones estructurales

5.8: Indicar las resistencias del concreto.

5.9: Indicar en el plano la carga viva utilizada en los cálculos estructurales.

ARTICULO 6

La planta de electricidad deberá cumplir con todas las reglamentaciones establecidas en el Reglamento para las Instalaciones Eléctricas (RIE) vigente y con las normas exigidas por las empresas que prestan el suministro eléctrico (EDEMET-EDECHI) y por la Oficina de Seguridad de los Bomberos; el plano de Electricidad deberá contener la localización Regional, con la ubicación del poste más cercano.

ARTICULO 7

El Sistema de plomería sanitaria, debe ser diseñado de acuerdo a lo establecido en las normas de plomería sanitarias vigentes y de acuerdo al avance de la tecnología, y serán construidos o ejecutados por profesional idóneo en materia Sanitaria siempre y cuando estén aceptados y aprobados por las entidades competentes MINSA (Departamento de Saneamiento Ambiental) e IDAAN.

PLANOS MISCELÁNEOS.

ARTICULO 8

Se consideran planos misceláneos las obras de adición a residencias, a edificios, remodelaciones, cercas, muros de contención y cambio de estructura de techo, siempre y cuando no se cambien las actividades permitidas por el uso de suelo de acuerdo a la Norma de Desarrollo Urbano vigente. Estos planos serán presentados en original y copia a la Oficina de Dirección de Obras y Construcciones del Municipio de Guararé y deberán estar revisados, cuando...

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