Resolución Nº 79 de 12 de marzo de 2008, "POR LA CUAL EL CONSEJO NACIONAL DEL INSTITUTO PARA LA FORMACIÓN Y APROVECHAMIENTO DE RECURSOS HUMANOS, APRUEBA EL PROGRAMA DE BECAS DE CARRERAS TÉCNICAS DE EXCELENCIA CONJUNTAMENTE ENTRE EL INSTITUTO PARA LA FORMACIÓN Y APROVECHAMIENTO DE RECURSOS HUMANOS - IFARHU Y LA SECRETARÍA NACIONAL DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN – SENACYT."

REPUBLICA DE PANAMA

INSTITUTO PARA LA FORMACION Y APROVECHAMIENTO

DE RECURSOS HUMANOS

Resolución de Consejo Nacional No.79

De 12 de marzo de 2008

Por la cual el Consejo Nacional del Instituto para la Formación y Aprovechamiento de Recursos Humanos, aprueba el Programa de Becas de Carreras Técnicas de Excelencia conjuntamente entre el Instituto para la Formación y Aprovechamiento de Recursos Humanos - IFARHU y la Secretaría Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación - SENACYT.

EL CONSEJO NACIONAL DEL IFARHU

en uso de sus facultades legales,

CONSIDERANDO:

Que el Instituto para la Formación y Aprovechamiento de Recursos Humanos y la Secretaría Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación, suscribieron un Convenio Marco que establece la creación de programas conjuntos, para la formación y capacitación profesional en diversas modalidades.

Que ambas instituciones han diseñado un programa denominado Programa de Becas de Carreras Técnicas de Excelencia, que tiene por objeto atender las necesidades de formación profesional del país dirigidos a los estudios técnicos.

Que el Consejo Nacional del IFARHU en su sesión ordinaria ha revisado y analizado la propuesta de Reglamento de este nuevo programa.

Por lo anterior, el Consejo Nacional del IFARHU.

RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO

Aprobar el Reglamento de Becas denominado Programa de Becas de Carreras Técnicas de Excelencia, del Instituto para la Formación y Aprovechamiento de Recursos Humanos - IFARHU y la Secretaría Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación - SENACYT, cuyo texto es el siguiente:

REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE

BECAS DE CARRERAS TÉCNICAS DE EXCELENCIA

CAPÍTULO I Artículos 1 a 4

OBJETIVOS PRINCIPALES DEL PROGRAMA

ARTÍCULO 1 Se crea el Programa de Becas de Carreras Técnicas de Excelencia conjuntamente entre el Instituto para la Formación y Aprovechamiento de Recursos Humanos - IFARHU y la Secretaría Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación - SENACYT, como parte fundamental de la inversión en capital humano para el crecimiento intelectual y productivo del país

El programa reconoce la importancia de la preparación técnica como oportunidad adecuada para la formación de recursos humanos como una herramienta para el desarrollo nacional.

ARTÍCULO 2 El presente Reglamento tiene por objeto normar los procesos de otorgamiento, ejecución, y seguimiento de las becas de Carreras Técnicas de Excelencia que promueva la formación de recursos humanos en áreas técnicas de interés para el país, según los requisitos de elegibilidad estipulados para cada convocatoria de candidatos e incluidos en cada ocasión como protocolo adjunto al mismo.
ARTICULO 3 El Programa de Becas de Carreras Técnicas de Excelencia se basa en la necesidad de contar con grupos altamente calificados con una formación en centros de excelencia para carreras técnicas en las áreas claves para el desarrollo del país

El programa busca atender las necesidades de formación y fortalecer el nivel de preparación de candidatos para optar por carreras técnicas, incluyendo las capacidades institucionales de universidades, planteles educativos, instituciones públicas, laboratorios nacionales y de inversiones de interés nacional.

ARTÍCULO 4 Se crea la Comisión Interinstitucional conformada por dos (2) integrantes del Instituto para la Formación y Aprovechamiento de Recursos Humanos (IFARHU) y dos (2) integrantes de la Secretaría Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (SENACYT) para el presente Programa de Carreras Técnicas de Excelencia.
CAPÍTULO II Artículos 5 a 9

FINANCIAMIENTO

ARTÍCULO 5 El Programa de Becas de Carreras Técnicas de Excelencia será financiado con los recursos que para tales efectos destine el Órgano Ejecutivo a disposición de este Programa en el IFARHU y cualesquiera otros que puedan obtenerse

El Programa podrá recibir recursos adicionales de otras entidades, empresas u organizaciones.

ARTÍCULO 6 En el caso que el becario obtenga una fuente adicional de financiamiento simultánea, en los rubros financiados por el programa, lo hará saber al IFARHU a través del Coordinador del Programa, a más tardar treinta (30) días después de conocer el hecho, a fin que se realicen los ajustes necesarios en el monto de su asignación original.
ARTICULO 7

Las becas del Programa de Carreras Técnicas de Excelencia podrán tener una asignación anual hasta de sesenta mil balboas (B/.60,000.00), y el monto total de la beca no podrá exceder la suma de ciento veinte mil Balboas (B/.120,000.00), dependiendo de las necesidades razonables y justificadas del becario y de la disponibilidad de recursos del IFARHU, salvo excepciones, según contempla este reglamento.

Los recursos otorgados cubrirán los siguientes rubros: matrículas y cargos por servicios conexos de índole educacional; estipendio de manutención personal, transporte local (si aplica) gastos de seguro médico, viajes de ida y vuelta al lugar de estudio para el beneficiario (si aplica).

En casos excepcionales, la Comisión Interinstitucional del Programa de Becas de Carreras Técnicas de Excelencia recomendará al Director General del IFARHU y al Secretario Nacional de SENACYT el otorgamiento de becas que excedan la cuantía anteriormente mencionada. La Comisión deberá dejar constancia escrita de la recomendación.

ARTÍCULO 8 La beca se pagará en partidas periódicas de acuerdo a lo estipulado en el contrato que a tal efecto suscribirá el beneficiario con el IFARHU, previo al cumplimiento de sus obligaciones contractuales y reglamentarias.

El dinero será pagado al beneficiario mediante depósitos a una cuenta bancaria a su nombre o se entregará a su representante legal. También podrá ser pagado directamente a las entidades correspondientes para cubrir los rubros pactados.

ARTÍCULO 9 El IFARHU y SENACYT establecerán una escala de asignaciones de acuerdo con los costos de matrícula, manutención y gastos médicos, según el país, región y centro de entrenamiento donde se realicen los estudios, basado en la experiencia de becarios previos.
CAPÍTULO III Artículos 10 a 20

CONVOCATORIA Y SELECCIÓN

ARTÍCULO 10 Los beneficiarios del Programa se escogerán por mérito, de acuerdo al presente reglamento

Cada convocatoria especificará las áreas de interés de acuerdo al desarrollo nacional y podrá definir un listado de centros de estudios que garanticen la excelencia del programa. Podrán ser beneficiarios del programa quienes posean título de bachiller expedido por un centro de estudios secundarios reconocido.

ARTÍCULO 11 Los interesados en participar en el Programa entregarán su solicitud acompañada de la documentación académica y personal que exija la convocatoria.

El candidato deberá someterse a las entrevistas que pueda solicitar la Comisión Evaluadora correspondiente.

ARTÍCULO 12 Los aspirantes a becas del Programa de Becas de Carreras Técnicas de Excelencia deberán cumplir con los siguientes requisitos:

Ser de...

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