Sentencia Contencioso de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 12 de Agosto de 2014

PonenteVictor L. Benavides P.
Fecha de Resolución12 de Agosto de 2014
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

VISTOS: El Licenciado CRISTÓBAL DAVIS, actuando como apoderado legal de SYSTEM ONE WORLD COMUNICATION, S.A., ha interpuesto ante la Sala Tercera de lo Contencioso Administrativo de la Corte Suprema de Justicia, Excepción de falta de legitimidad, Falta de jurisdicción, Acumulación ilegal de pretensiones y de Inidoneidad del título ejecutivo, dentro del proceso ejecutivo por cobro coactivo que le sigue la ASEP. Mediante resolución del trece (13) de noviembre de 2013 (a foja 6), se admiten las excepciones interpuestas, y se da traslado de la misma al ejecutante, y al Procurador de la Administración, así como se procede a ordenar la suspensión del remate. ANTECEDENTES El Licenciado C.D., en representación de SYSTEM ONE WORLD COMUNICATION, S,A,. acude a la Sala Tercera, el 4 de octubre de 2013 con el cometido de presentar excepciones dentro del Proceso Ejecutivo de Cobro Coactivo presentado por la AUTORIDAD NACIONAL DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS a SYSTEM ONE WORLD COMUNICATION S,A, hasta la concurrencia de B/.90,000,00, según el mandamiento de pago No. 069-13 de 18 de Septiembre de 2013. Este pago, es producto de la acumulación de tres cantidades derivadas de tres diferentes M. de Pago a SYSTEM ONE WORLD COMUNICATION, S,A,. Correspondientes a las Resoluciones JD-4474 de 30 de diciembre de 2003, JD-5532 de 19 de septiembre de 2005 y AG-048-CS de 6 de junio de 2006 en orden de multas impuestas por parte AUTORIDAD NACIONAL DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS, de montos individuales de B/.75,000,00, B/.10,000,00 Y B/.5,000,00, respectivamente, por incurrir en faltas a las normas regulatorias vigentes entonces, del servicio público de telecomunicaciones. Como consecuencia del incumplimiento en el pago de las sanciones impuestas a SYSTEM ONE WORLD COMUNICATION, S,A, el Juzgado Ejecutor de la AUTORIDAD NACIONAL DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS emitió el Auto 069-13 del 18 de septiembre de 2013, con la finalidad de ordenar Mandamiento de pago en su contra con concurrencia hasta los B/.90,000,00, mas los gastos de trámite, en contra de SYSTEM ONE WORLD COMUNICATION, S,A. Luego de su debida notificación personal, el Licenciado C.D., en representación de SYSTEM ONE WORLD COMUNICATION, S,A,. presenta a la Sala Tercera, el 4 de octubre de 2013 las siguientes excepciones, las cuales: Procederemos a detallar sistemáticamente: A. Excepciones de falta de legitimidad. Ésta excepción, ha sido fundamentada por el Licenciado Davis, en el hecho de que la presente acción de cobro coactivo, corresponde al Tesoro Nacional, puesto que a la suma de dinero demandada pertenece al patrimonio de la entidad. B. Excepción de nulidad por falta de jurisdicción. De igual manera, el excepcionante, aduce que la AUTORIDAD NACIONAL DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS no tiene la facultad jurisdiccional para librar Mandamiento de Pago. en contra de sus representados. C. Excepción de acumulación ilegal de pretensiones. El Licenciado DAVIS, fundamenta ésta petición al aducir que la misma es legalmente no viable, por tratarse de resoluciones dictadas en años diferentes. D. Excepción de Inidonedidad del Título Ejecutivo. El Licenciado...

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