Sentencia Contencioso de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 4 de Diciembre de 2014

PonenteAbel Augusto Zamorano
Fecha de Resolución 4 de Diciembre de 2014
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

VISTOS: La firma A., C. & Asociados, actuando en representación de R.C.M., ha interpuesto ante la Sala Tercera de la Corte Suprema de Justicia, excepción de prescripción dentro del proceso ejecutivo por cobro coactivo que le sigue el Ministerio de Comercio e Industrias. Admitida la excepción propuesta, por medio de la resolución de 23 de julio de 2009, se ordenó correrle traslado a la ejecutante y a la Procuraduría de la Administración. De igual manera, se ordenó suspender el remate. I. ARGUMENTOS DEL EXCEPCIONANTE. El apoderado judicial del excepcionante fundamenta su pretensión, en los siguientes puntos: 1. Que el señor R.C.M., en el mes de julio de 1982, solicitó un préstamo a la Dirección General de la Pequeña Empresa, del Ministerio de Comercio e Industrias, con el propósito de realizar el proyecto Suplidora de Marisco El Paraíso, consistente en la compra y venta de mariscos y su debida distribución, por la suma de B/.11, 546.80, a pagar en 60 letras mensuales de B/. 256.78, que debían vencer el 5 de julio de 1987, actividad para lo cual contaba con licencia comercial Tipo B. 2. El señor R.C.M., solicitó en el mes de enero de 1983, préstamo de refinanciamiento por la suma de B/. 2,800.00, por ende, la obligación debía vencer el 17 de agosto de 1987. 3. Que el ejecutado realizó pagos parciales a la obligación adeudada, emitiéndose un saldo pendiente al 9 de mayo de 1988, de B/. 13,406.28, el cual se cobraba mediante descuento directo al fiador. 4. Que en el año 1989, se suscitó la Invasión de Estados Unidos a Panamá, por lo cual resultó saqueado el local comercial Suplidora de Mariscos El Paraíso, resultando la pérdida total de dicha empresa, razón que alega el ejecutado, le imposibilitó continuar cumpliendo con los compromisos adquiridos, a través de los préstamos dados por la Dirección General de la Pequeña Empresa, del Ministerio de Comercio e Industrias. Añade que, dichos hechos fueron denunciados ante la autoridad competente, la cual se abstuvo del ejercicio de la acción penal. Posteriormente, fueron expropiados y demolidos los locales ubicados en la entrada de Paraíso, San Miguelito, por el Ministerio de Obras Públicas. 5. Que el Juzgado Ejecutor del Ministerio de Comercio e Industrias, transcurrido más de siete (7) años, instaura juicio ejecutivo por cobro coactivo, a través de la Dirección General de la Pequeña Empresa, contra el señor R.C.M., por saldos pendientes por pagos atrasados, a los préstamos solicitados; por lo que...

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