Sentencia Contencioso de Corte Suprema de Justicia (Panama), Sala 3ª de lo Contencioso Administrativo, 17 de Enero de 2008

PonenteVictor L. Benavides P.
Fecha de Resolución17 de Enero de 2008
EmisorSala Tercera de lo Contencioso Administrativo

VISTOS:

El licenciado N.H.G., en representación de MODESTO VILLARREAL GUTIERREZ ha presentado excepción de prescripción y de pago, dentro del proceso ejecutivo por cobro coactivo que le sigue la Administración Provincial de Ingresos de la Provincia de Panamá.

La pretensión del actor se fundamenta en los siguientes hechos:

PRIMERO

El Ministerio de Economía y Finanzas a través de la Junta de Control de Juegos decide sancionar al señor MODESTO VILLARREAL GUTIERREZ con una multa de DOS MIL BALBOAS (B/2000.00) más el veinte por ciento y lo hacen por la vía ejecutiva de cobro coactivo según Resoluciones 206 de 13 de Diciembre de 1999 y resolución 175 de 4 de julio de 2003, sin embargo en la Resolución 206 la multa es de MIL BALBOAS (1000.00), por proceder a realizar juegos sin el debido permiso, explicando que el señor M.V. no estaba autorizado para operar del 26 al 27 de Noviembre en horas de la madrugada y especifica en el informe N° 107-11-640 J.C.C.D.I. que dicho permiso solo autorizaba operar para el día 27 y 28 de Noviembre de 1999.

...

QUINTO

Según las extinciones de las obligaciones tributarias se extingue por el pago, por la prescripción entre otras, así lo especifica el C.F. en su artículo 1073, y demás concordantes, sin embrago en nuestras excepciones que fundamentamos el pago de dicho impuesto en cabuya de Chame los días 27 y 28 de Noviembre de 1999 se realizó en Cheque certificado a favor del Tesoro Nacional.

No cabe duda que según informe de Junta de Control de Juegos de la Dirección de Economía y Finanzas cabe la EXCEPCIÓN DE PAGO ya que hay pruebas específicas que se pagó, o sea había permiso y según el Código Fiscal, contempla que el pago tiene que hacerse en dinero, no obstante el Decreto N° 170 de 1993 establece que el pago se puede hacer además de dinero en Cheque Certificado a favor del Tesoro Nacional, cosa que fue así para los días 27 y 28 de Noviembre de 1999 en Cabuya de Chame.

SEXTO

Además de claro y evidente que hubo permiso para operar juegos de suerte y azar en Cabuya de Chame los días 27 y 28 de Noviembre de 1999 y mediante acta de decomiso temporal N° 1001, los inspectores ponen multa y decomisan implementos de trabajos del ejecutado dicen en su acta (siendo las 2.50 A.M. del día Sábado 27 de Noviembre de 1999 cosa que fue así y no 26 según informe.

Anunciamos que hay además una prescripción, ya que desde el año 1999 hasta 2007, cuando han transcurrido ocho años hasta la...

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