Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 4ª de Negocios Generales, 8 de Abril de 1996

PonenteRAFAEL GONZÁLEZ
Fecha de Resolución 8 de Abril de 1996
EmisorCuarta de Negocios Generales

VISTOS:

Por conducto del Director Encargado del Departamento Consular y L. ha ingresado en la Sala de la Corte Suprema de Justicia, mediante nota Nº DGPE/DCL/Nº 0229/96, exhorto procedente del Juzgado de Primera Instancia Nº 24 de Madrid, España, dentro del proceso de divorcio promovido por ÁNGEL R.C.A. contra A.M.J.G.G..

El objetivo del presente exhorto es "que se reciba confesión judicial a Á.R.C.A., Embajada de México en Panamá, Edificio Plaza Bancomer 5º piso c/50 y c/San J.. Apartado Postal 837, zona 7. A tenor del pliego de posiciones que han sido declaradas pertinentes y que se contienen en plica cerrada".

La solicitud del Juzgado de Primera Instancia se realiza en virtud de que en la actualidad hay un litigio de divorcio Nº 01144/1944, promovido por el propio señor Á.R.C.A. contra la señora A.M. de J.G.G..

Del estudio del expediente se aprecia, que el proceso de divorcio es propuesto por el propio señor R.C.A., por lo cual tiene conocimiento del proceso.

La Sala atendiendo lo pedido por las autoridades españolas, considera lo siguiente:

Que lo solicitado por las autoridades españolas es la confesión judicial del señor Á.R.C.A., "a tenor del pliego de posiciones que han sido declaradas pertinentes y que se contienen en plica cerrada."

Al respecto de la figura "posiciones", es necesario anotar que ésta fue eliminada de la legislación panameña del Código de Procedimiento Civil actual. Sin embargo, esta contemplada la figura de "declaración de parte" en los artículos 803 y 890 y ss. La figura de absolución de posiciones se asimila a la declaración de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR