Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 4ª de Negocios Generales, 9 de Abril de 1997

PonenteRAFAEL GONZÁLEZ
Fecha de Resolución 9 de Abril de 1997
EmisorCuarta de Negocios Generales

VISTOS:

Por conducto de la Directora General de Política Exterior del

Ministerio de Relaciones Exteriores de la República de Panamá, ha ingresado a

la Sala Cuarta de Negocios Generales de la Corte Suprema de Justicia, exhorto

librado por el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil y Comercial

Federal Nº 6 Secretaría Nº 11 de la Capital Federal de la República de

Argentina, dentro del proceso caratulado "SEJO, S. A. C/CAP Y OTROS DEL BUQUE NEDLLOYD MADRAS S/COBRO.

El mencionado Tribunal de Justicia solicita lo siguiente:

"Se oficie a la Dirección Nacional de

Aduanas Ministerio de Hacienda y Tesoro, Puerto de C., ciudad de Colón,

Panamá, a fin de que se sirva tener a bien de informar lo siguiente: a) Informe

si el documento que se acompaña bajo letra "D", firmado por el Sr.

C.C., como J. del Recinto de Aduana, del Puerto de Cristóbal es

auténtico; b) Informe en que condiciones, y con que precintos entró el

contenedor objeto de este juicio a la zona portuaria panameña, y en que

condiciones fue cargado a bordo del buque "NEDLLOYD MADRAS". Asimismo

informará fecha de recepción y salida de dicho contenedor de jurisdicción

aduanera panameña; c) Informe si la copia del plano de carga para contenedores

realizado por el Departamento de Verificación el 9 de junio de 1993 y firmado

por el Sr. Lino Alvarado (cuya copia bajo letra "A" se acompaña) es

autentica y se condice con los originales obrantes en los Registros de la

Aduana. De ser posible acompañar una nueva copia de ese documento; d) Si de sus

registros surge que el contenedor fue cargado con el precinto Nº 1659794 a

bordo del buque NEDLLOYD MADRAS; e) Explique dónde y bajo la guardia de quien

estuvo el contenedor objeto de este juicio desde que ingresó a Recinto

Portuario hasta que fue cargado a bordo del buque demandado; f) Si a la fecha

de carga de dicho contenedor a bordo del buque existían balanzas fiscales en el

lugar donde se procedió a la carga del buque. En caso afirmativo indique si

dicho contenedor fue pesado indicando resultado del pesaje; g) Informe si la

copia del tally que se acompaña bajo Letra "B", realizado por el

Departamento de Verificación el 9 de junio de 1993, es auténtica y se condice

con los originales obrantes en los Registros de la Aduana. De ser posible

acompañar una nueva copia de ese documento.

Se libre oficio a la AUTORIDAD PORTUARIA

NACIONAL- ADMINISTRACIÓN DE PUERTO, Puerto de Cristóbal, Apartado 5544,

C., C.P., a fin de que informe lo siguiente:

a) Informe si la copia del tally bajo letra

"B" que se acompaña, realizado por el Departamento de Verificación el

9 de junio de 1993, es auténtica y se condice con los originales obrantes en

los Registros de la Aduana. De ser posible acompañar una nueva copia de ese

documento; b) Informe si la copia del plano de carga para contenedores

realizado por el Departamento de Verificación el 9 de Junio de 1993 y firmado

por el Sr. Lino A., cuya copia bajo letra "A" se...

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