Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 4ª de Negocios Generales, 27 de Noviembre de 1997

PonenteARTURO HOYOS
Fecha de Resolución27 de Noviembre de 1997
EmisorCuarta de Negocios Generales

VISTOS:

Por conducto de la Directora General de Asuntos Jurídicos y Tratados del Ministerio de Relaciones Exteriores, ha ingresado a esta Sala Cuarta de la Corte Suprema de Justicia, mediante N.N.A.J. Nº 1251, exhorto internacional librado por el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº 13, Secretaría Nº 25, Buenos Aires, República de Argentina, dentro de los autos caratulados "ASTILSUR, S. A. S/QUIEBRA S/INCIDENTE DE VERIFICACIÓN POR BANCO ARGENTARIA, S. A. (en liquidación por el BCRA)".

Corresponde a la Sala, en primer lugar, determinar si la República de Panamá y Argentina han suscrito convenios o tratados relativos a E. o Cartas Rogatorias y , específicamente, sobre Recepción de Pruebas en el extranjero.

En cuanto a esta materia, constata la Sala, que ambas naciones son suscriptoras de sendos convenios internacionales, por consiguiente, el análisis del presente suplicatorio se enmarcará según lo pactado en la normativa supra nacional antes citada, no obstante, el mismo estará sujeto a los dispuesto en la lex fori, atendiendo al principio de que la norma internacional no puede confrontar el orden público panameño.

Cabe advertir, que la carta rogatoria en estudio no debe violentar el orden público panameño puesto que, de presentarse dicha violación, aún cuando exista convención suscrita entre el Estado requirente y requerido, se negará la práctica de la diligencia, en aras de salvaguardar nuestro ordenamiento jurídico.

El objeto de la comisión rogatoria en estudio, consiste en que las autoridades panameñas competentes realicen las siguientes diligencias:

"Que en autos caratulados "ASTILSUR, S. A. S/QUIEBRA S/INCIDENTE DE VERIFICACIÓN POR BANCO ARGENTARIA, S. A. (en liquidación por el BCRA), en trámite por ante el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº 13 a mi cargo, Secretaría Nº 25, ... se ha dispuesto solicitar al BANK OF INVESTMENT AND TRADE, CO. con sede en la Ciudad de Panamá, Capital de la República de Panamá, la remisión de toda la documentación que obre en poder de la mencionada entidad bancaria referida a la operación realizada por ASTILSUR, S.A. basada en el otorgamiento de una Financiación de Exportaciones bajo el Régimen de la Comunicación "A" 49 del BCRA, realizada según la Circular OPRAC 1, Capítulo I, Punto 2.3, por la que se procedió a redescontar las letras de cambio por un por un total de U $4.058.842 ante el BCRA., vinculadas con la carta de crédito Nº 748.053 abierta por el Bank of...

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