Sentencia Generales de Corte Suprema de Justicia (Panama), 4ª de Negocios Generales, 4 de Agosto de 2010

PonenteAlberto Cigarruista Cortez
Fecha de Resolución 4 de Agosto de 2010
EmisorCuarta de Negocios Generales

VISTOS:

El día 4 de junio de 2010, ingresa a la Sala de Negocios Generales de la Corte Suprema de Justicia y procedente del Tribunal de Honor del Colegio Nacional de Abogado Denuncia por Supuestas Faltas a la Ética y responsabilidad profesional del Abogado contra el Licenciado R.O. , hecho denunciado por el señor W.W.P..

ANTECEDENTES DEL CASO

Mediante providencia de ocho (8) de septiembre de dos mil cuatro (2004), el Tribunal de Honor del Colegio Nacional de Abogados, en estricto cumplimiento del artículo 21 de la Ley 9 de 18 de abril de 1984 y la Ley 8 de 16 de abril de 1993, en concordancia con los artículos 24 y 25 de la misma Ley, ORDENÓ:

  1. Abrir la investigación a efecto de comprobar los hechos denunciados, la calidad profesional del denunciado y su relación con los hechos atribuidos a su conducta.

  2. - Correr en traslado esta denuncia al abogado denunciado para que haga los descargos y alegaciones que estime convenientes, dentro del término de cinco (5) días.

  3. - Practíquese las pruebas documentales, testimoniales y periciales que sean necesarias.

Consta a fojas 60-63 la gestión llevada a cabo por el Colegio Nacional de Abogados, en la cual solicita las certificaciones correspondientes.

Observa la Sala que a fojas 67 y vlta. consta la Resolución emitida por el Tribunal de Honor del 30 de octubre de 2009, el cual resuelve rechazar la denuncia por supuesta falta a la ética remitida a esta Superioridad por el Miembro Sustanciador, Colegio Nacional de Abogados.

CONSIDERACIÓN DE LA SALA

Los Magistrados que integran la Sala Cuarta de Negocios Generales han podido constatar, luego de analizar cada una de las piezas del referido expediente contentivo de la...

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