Sentencia Penal de Corte Suprema de Justicia (Panama), 2ª de lo Penal, 2 de Septiembre de 2010

PonenteJerónimo Mejía E.
Fecha de Resolución 2 de Septiembre de 2010
EmisorSegunda de lo Penal

VISTOS:

Conoce la Sala Segunda de lo Penal de la Corte Suprema de Justicia del recurso de casación en el fondo formalizado por la magíster Y.A.G., en su condición de Defensora de Oficio de E.E.S.C., contra la sentencia No. 172 de 24 de junio de 2009, proferida por el Segundo Tribunal Superior del Primer Distrito Judicial, mediante la cual se confirmó la sentencia de primera instancia No. 8 proferida por el Juzgado Segundo de Circuito Penal del Primer Distrito Judicial el 6 de febrero de 2009, que condenó a su representado a la pena de setenta (70) meses de prisión e inhabilitación para el ejercicio de funciones públicas por igual término que la pena principal como autor del delito de Robo.

Luego de celebrarse la audiencia oral y pública, procede la Sala a pronunciarse sobre el fondo de la pretensión procesal esbozada por el casacionista.

HISTORIA DEL CASO

Cuenta la Defensora de Oficio que dio origen al proceso la denuncia presentada el 21 de octubre de 2007 por E.G.K.R. quien indicó que alrededor de las 9:30 P.M. se trasladó hacia la casa de la joven que lo peina cuyo nombre no lo conoce y mientras se encontraba en espera de ser recibido fue objeto de un robo a mano armada por cinco (5) sujetos de los cuales pudo obtener el nombre de dos (2) de ellos, J. y EDWIN.

La Fiscalía Auxiliar formuló cargos contra E.E.S.C. quien negó cualquier vinculación con el hecho investigado. Mediante Vista No. 115 de 30 de abril de 2008 la Fiscalía Segunda de Circuito del Primer Circuito Judicial solicitó un llamamiento a juicio contra E.E.S.C. como presunto infractor de las disposiciones legales contenidas en el Título IV, Capítulo II del Libro II del Código Penal.

La audiencia preliminar se celebró el 16 de julio de 2008 mediante los trámites del proceso abreviado siendo llamado a juicio por el Juzgado Segundo Penal del Primer Circuito Judicial por el delito de Robo del cual el sindicado se declaró inocente. Concluida esta fase plenaria, el precitado Juzgado dictó una sentencia condenatoria en contra de EDWIN ENRIQUE SOLIS CHANDLER condenándolo a la pena de setenta (70) meses de prisión e inhabilitación para el ejercicio de funciones públicas por igual término que la pena de prisión como autor del delito de Robo en perjuicio de E.G.K..

Contra esta resolución se presentó recurso de apelación y el Segundo Tribunal al resolver la alzada decidió mediante sentencia No. 172 de 24 de junio de 2009, confirmar la sentencia apelada la cual es objeto de estudio...

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