Sentencia Penal de Corte Suprema de Justicia (Panama), 2ª de lo Penal, 1 de Febrero de 2010

PonenteAníbal Salas Céspedes
Fecha de Resolución 1 de Febrero de 2010
EmisorSegunda de lo Penal

VISTOS:

El licenciado A.G.Z. ha presentado recurso de revisión contra la sentencia de 28 de enero de 2008, emitida por el Juzgado Segundo de Circuito de Los Santos, Ramo Penal, mediante la cual se condenó a R.E.A., por el delito de venta de drogas ilícitas a la pena de cuarenta y ocho (48) meses de prisión e inhabilitación, para ejercer funciones públicas por igual término.

El revisionista aduce como fundamento de este medio extraordinario de revisión el artículo 2462 del Código Judicial, pues el Juzgado Segundo del Circuito Judicial de Los Santos le impuso a la encartada un aumento de un quinto (1/5) de la pena ante la consideración de la reincidencia, en virtud de los artículos 59 y 71 del Código Penal anterior. Posteriormente se adoptó el nuevo Código Penal a partir del 23 de mayo de 2008, en el cual no se incluyó dicha agravante; por cuanto en virtud del artículo 14 de la Ley 14 de 2007 que contempla el principio de retroctividad de la ley más favorable al reo resulta procedente su petición. Adjuntó como pruebas copias autenticadas de la sentencia de 28 de enero de 2008 expedida por el Juzgado Segundo del Circuito Judicial de Los Santos.

Mediante Resolución fechada 25 de septiembre de 2009, esta C. admitió el presente recurso, corriéndosele traslado a la Procuraduría General de la Nación.

CRITERIO DEL MINISTERIO PÚBLICO

Mediante Vista N° 149 de 13 de noviembre de 2009 la Procuradora General de la Nación solicita que accedan a la revisión de la sentencia fechada 28 de enero de 2008 proferida por el Juzgado Segundo de Circuito de Los Santos, Ramo Penal indicando que luego del estudio del caso seguido a la encartada A.V., considera aplicable la ley penal más favorable, por cuanto se debe revisar la sentencia penal impugnada.

DECISIÓN DE LA SALA

Expuesto los aspectos preponderantes que concurren en el medio de impugnación que nos ocupa procede la Sala a su valoración.

Las constancias procesales nos informan que la señora R.E.A.V., fue condenada mediante sentencia fechada 28 de enero de 2008 proferida por el Juzgado Segundo de Circuito de Los Santos, Ramo Penal, como responsable del delito de Venta de Drogas Ilícitas, imponiéndole una sanción de cuarenta y ocho (48) meses de prisión e inhabilitación para el ejercicio de funciones públicas por igual término. Durante la individualización de la pena el juzgador consideró la reincidencia aumentándole un quinto (1/5).

El artículo 59 del Código Penal anterior (1982), contemplaba la agravante de la...

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