Resolución CNV Nº 32-08 de 29 de enero de 2008, 'EXPEDIR LICENCIA DE CORREDOR DE VALORES A GIANA YESENIA AGUILAR DE VILLARREAL'.

REPUBLICA DE PANAMÁ

COMISIÓN NACIONAL DE VALORES

RESOLUCIÓN CNV No. 32 -08

(29 de enero de 2008)

La Comisión Nacional de Valores,

en uso de sus facultades legales y,

CONSIDERANDO:

Que el Decreto Ley No.1 de 8 de julio de 1999, Artículo 8, atribuye a la Comisión Nacional de Valores la facultad de expedir licencia a los Corredores de Valores;

Que el Decreto Ley No.1 de 8 de julio de 1999, Título III, Capítulo IV, establece que sólo podrán ocupar el cargo o desempeñar las funciones de Corredor de Valores en la República de Panamá, aquellas personas que hayan obtenido la correspondiente licencia expedida por la Comisión;

Que el Artículo 49 de la citada excerta legal establece que las personas que soliciten licencia de Corredor de Valores deberá aprobar el examen correspondiente establecido por la Comisión Nacional de Valores;

Que el Acuerdo 2-2004 de 30 de abril de 2004, establece el procedimiento sobre los requisitos para el otorgamiento de licencia y procedimientos de operación de casas de valores, asesor de inversiones, corredor de valores, ejecutivos principal y analistas.

Que el 15 de junio de 2007, GIANA YESENIA AGUILAR DE VILLARREAL, presentó el Examen de Conocimiento General administrado por la Comisión Nacional de Valores, el cual fue aprobado satisfactoriamente;

Que el día 23 de octubre de 2007, y en cumplimiento del Acuerdo No.2-2004 de 30 de abril de 2004, ha presentado Solicitud Formal para obtener Licencia de Corredor de Valores, acompañada de los documentos exigidos por las leyes aplicables;

Que mediante notas CNV-9600-DMI (01) de 30 de octubre de 2007 y CNV-9708-DMI (01) de 26 de noviembre de 2007, se remitió observaciones a la solicitud de la Licencia, las cuales fueron atendidas por parte del solicitante mediante nota recibida en esta Comisión el día 4 de enero de 2008;

Que la solicitud en referencia, así como los documentos sustentatorios, fueron analizados por la Dirección Nacional de Mercados de Valores e Intermediarios, según Informe fechado 17 de enero de 2008; y la misma no merece objeciones;

Que, realizados los análisis correspondientes a lo interno de esta Institución, esta Comisión Nacional de Valores estima que GIANA YESENIA AGUILAR DE...

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