Resolución CNV Nº 185-08 de 26 de junio de 2008, 'POR LA CUAL SE EXPIDE LICENCIA DE CASA DE VALORES A ADVEST GLOBAL FINANCIAL, INC.'.

REPUBLICA DE PANAMÁ

COMISIÓN NACIONAL DE VALORES

RESOLUCIÓN CNV No. 185-08

(De 26 de junio de 2008)

La Comisión Nacional de Valores

En uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO:

Que el Artículo No. 8 del Decreto Ley No.1 de 8 de julio de 1999 faculta a la Comisión Nacional de Valores a expedir Licencias de Casas de Valores con arreglo a lo dispuesto en dicho Decreto Ley y sus reglamentos.

Que en el Título III, Capítulo I de la citada excerta legal se establece la obligación de toda persona que pretenda ejercer actividades propias de negocios de Casa de Valores a obtener la Licencia correspondiente mediante una solicitud formal que contenga la información y documentación que prescriba la Comisión para comprobar que cumpla con los requisitos necesarios para el otorgamiento de la Licencia solicitada.

Que mediante Acuerdo No. 2-2004 de 30 de abril de 2004 la Comisión adoptó el procedimiento por el cual se desarrollan las disposiciones del Título III del Decreto Ley 1 de 1999, sobre Casas de Valores y Asesores de Inversión;

Que el día 18 de octubre de 2007, ADVEST GLOBAL FINANCIAL, INC., sociedad anónima constituida bajo las leyes de la República de Panamá, inscrita a Ficha 483102 y Documento 762884 de la sección Mercantil del Registro Público, mediante apoderado especial, presentó solicitud formal de Licencia de Casa de Valores con fundamento en las disposiciones legales aplicables del Decreto Ley No. 1 de 8 de julio de 1999 y el Acuerdo No. 2-2004 de 30 de abril de 2004;

Que la solicitud, así como la documentación presentada, ha sido evaluada y analizada por la Dirección Nacional de Mercado de Valores e Intermediarios, según Informe que reposa en el expediente de fecha 31 de octubre de 2007 y 12 de febrero de 2008, remitiendo posteriormente a la solicitante nota de observaciones de fecha 28 de diciembre de 2007, 29 de febrero, 10 y 28 de abril de 2008, las cuales fueron atendidas a satisfacción;

Que el Manual Conozca a su Cliente ha sido evaluado y analizado por la Dirección Nacional de Asesoría Legal, según Informes que reposan en el expediente de fechas 1 de noviembre de 2007, 12 de febrero y 9 de mayo de 2008;

Que los Estados Financieros Pre Operativos han sido evaluados y analizados por la Dirección Nacional de Fiscalización y Auditoría, según Informes que reposan en el expediente de fechas 20 de febrero, 5 de mayo y 6 de junio de 2008;

Que una vez analizada la solicitud presentada, así como los documentos adjuntos a ella, esta...

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