Resolución CNV Nº 66-08 de 7 de marzo de 2008, 'POR LA CUAL EXPIDE LICENCIA DE CASA DE VALORES A PORTOBELO ADVISORS, INC'

REPUBLICA DE PANAMÁ

COMISIÓN NACIONAL DE VALORES

RESOLUCIÓN CNV No. 66-08

(De 7 de marzo de 2008)

La Comisión Nacional de Valores

En uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO:

Que el Artículo No. 8 del Decreto Ley No.1 de 8 de julio de 1999 faculta a la Comisión Nacional de Valores a expedir Licencias de Casas de Valores con arreglo a lo dispuesto en dicho Decreto Ley y sus reglamentos.

Que en el Título III, Capítulo I de la citada excerta legal se establece la obligación de toda persona que pretenda ejercer actividades propias de negocios de Casa de Valores a obtener la Licencia correspondiente mediante una solicitud formal que contenga la información y documentación que prescriba la Comisión para comprobar que cumpla con los requisitos necesarios para el otorgamiento de la Licencia solicitada.

Que mediante Acuerdo No. 2-2004 de 30 de abril de 2004 la Comisión adoptó el procedimiento por el cual se desarrollan las disposiciones del Título III del Decreto Ley 1 de 1999, sobre Casas de Valores y Asesores de Inversión;

Que el día 14 de diciembre de 2007, PORTOBELO ADVISORS, INC., sociedad anónima constituida bajo las leyes de la República de Panamá, inscrita a Ficha 569173 y Documento 1139127 de la sección Mercantil del Registro Público, mediante apoderado especial, presentó solicitud formal de Licencia de Casa de Valores con fundamento en las disposiciones legales aplicables del Decreto Ley No. 1 de 8 de julio de 1999 y el Acuerdo No. 2-2004 de 30 de abril de 2004;

Que la solicitud, así como la documentación presentada, ha sido evaluada y analizada por la Dirección Nacional de Mercado de Valores e Intermediarios, según notas de observaciones CNV-9909- DMI (04) y CNV-9912- DMI (04) de 22 de enero de 2008, CNV-10005- DMI (04) de 14 de febrero de 2008, y CNV- 10076- DMI (04) de 22 de febrero de 2008 que reposa en el expediente, las cuales fueron atendidas a satisfacción mediante notas fechadas 1,14, 21 y 27 de febrero y 5 de marzo de 2008;

Que el Manual Conozca a su Cliente ha sido evaluado y analizado por la Dirección Nacional de Asesoría Legal, según Informes que reposan en el expediente de fechas 21 de enero de 2008, 11 y 19 de febrero de 2008;

Que los documentos sustentatorios de la información financiera fueron analizados por la Dirección Nacional de Auditoria y Fiscalización, según Informes fechados 17 de enero de 2008, 11 y 18 de febrero de 2008 y 6 de marzo de 2008;

Que una vez analizada la solicitud presentada, así como los...

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