Decreto Ejecutivo Nº 148 de 7 de octubre de 2008, "POR EL CUAL SE ORDENA LA EXPROPIACIÓN PARCIAL DE LA FINCA NO.91,548 DE LA PROVINCIA DE PANAMÁ POR MOTIVO DE INTERÉS SOCIAL URGENTE"

MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS

DECRETO EJECUTIVO No.148

(De 7 de octubre de 2008)

"Por el cual se ordena la expropiación parcial de la Finca No.91,548 de la Provincia de Panamá por motivo de Interés Social Urgente".

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

En uso de sus facultades constitucionales y legales;

CONSIDERANDO:

Que el Ministerio de Obras Públicas en representación del Estado panameño, suscribió con la empresa Contratista Corporación M&S Internacional CA, S.A., el Contrato No.AL-1-76-05 de 22 de junio de 2007, para la "Rehabilitación y Ensanche de la Carretera Panamericana, Tramo: Arraiján-La Chorrera, Provincia de Panamá" y la Adenda No.1 de 22 de junio de 2007.

Que el Estado se obligó a garantizar las servidumbres, el derecho de vía y los derechos de paso y acceso que el contratista requiera para ejecutar las labores pactadas; de conformidad con el Contrato suscrito;

Que mediante la Resolución No.127-2008 de 9 de julio de 2008 del Ministerio de Vivienda, para la ejecución de la obra, asignó la servidumbre vial para la extensión de la Avenida Libertadores en el Distrito de La Chorrera;

Que en la ejecución del proyecto en referencia, se afecta un área de doscientos cuatro metros con nueve decímetros cuadrados (204.09m2) de la finca No.91,548, inscrita al rollo 2305, documento 2, asiento 1, de la Sección de Propiedad del Registro Público, provincia de Panamá, propiedad del Concilio General de las Asambleas de Dios de Panamá, área de terreno que se encuentra dentro de la servidumbre establecida por el Ministerio de Vivienda;

Que el Estado considera que es indispensable la construcción del referido ensanche tramo Arraiján-La Chorrera a la mayor brevedad posible para atender el desarrollo social y económico de dicha área, lo que será de beneficio para la gran cantidad de personas residentes del lugar;

Que el valor del área afectada de la finca se determinó de acuerdo a los avalúos emitidos por la Contraloría General de la República y por la Dirección de Catastro y Bienes Patrimoniales del Ministerio de Economía y Finanzas, los cuales determinan el monto promedio a indemnizar;

Que el propietario ha optado por no aceptar el monto de los avalúos correspondientes a pesar de que se han hecho todos los esfuerzos tendientes a lograr un acuerdo que evitara la medida de expropiación, sin embargo, ante dicha negativa se ha imposibilitado llegar a...

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