Fallo N° S/N. Por el cual se declara que es inconstitucional el artículo segundo del acuerdo no. 34 de 29 de julio de 2015 del consejo municipal de changuinola, publicado en la gaceta oficial no. 27,844-b de 12 de agosto de 2015, mediante el cual se adiciona al acuerdo no. 113 de 10 de diciembre de 2014, el código 1.2.2.8.04.a, por transgredir lo dispuesto en el artículo 245 de la constitución política de la república de panamá, al considerar que la actividad de generación y venta de energía por las empresas de generación eléctrica o hidroeléctrica, termoeléctricas, eólicas y de electrificación rural tiene una incidencia distrital para ser grabada con la categoría de impuesto municipal.

Fecha de publicación19 Julio 2018
Fecha15 Marzo 2018
EmisorCORTE SUPREMA DE JUSTICIA
No. 28572 Gaceta Oficial Digital, jueves 19 de julio de 2018 1

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