Fallo N° S/N. Por el cual declara que no es inconstitucional “para todos los efectos, se tendrá como superior jerárquico al presidente de la república, quien tendrá la facultad de suspender, separar o destituir a los miembros del tribunal administrativo tributario por las razones antes señaladas”, contenida en el artículo 160 de la ley 8 de 15 de marzo de 2010.

Fecha de publicación24 Octubre 2019
Fecha07 Agosto 2019
EmisorCORTE SUPREMA DE JUSTICIA
No. 28889 Gaceta Oficial Digital, jueves 24 de octubre de 2019 1
No. 28889 Gaceta Oficial Digital, jueves 24 de octubre de 2019 2

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