Fallo N° S/N. Declara que no es inconstitucional el numeral 1 del artículo 488 del código procesal penal de la república de panamá. a la vez, declara que con relación al resto del artículo se configura la sustracción de materia y/o se declara que no son inconstitucionales en virtud a que ya estos pronunciamientos forman parte del bloque de la constitucionalidad.

Fecha de publicación10 Marzo 2020
Fecha12 Diciembre 2019
EmisorCORTE SUPREMA DE JUSTICIA
No. 28976 Gaceta Oficial Digital, martes 10 de marzo de 2020 1
No. 28976 Gaceta Oficial Digital, martes 10 de marzo de 2020 2

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR