Fallo N° S/N. Por el cual se declara que no son ilegales los artículos 13, 19, 20, 72, 85, 89, 145, 146 (numerales 1 y 2), 147, 147-a, 147-b, 148, 151, 152 y 153, 157 y 158 del decreto ejecutivo 511 de 5 de julio de 2010 proferido por el ministerio de educación; que son nulos, por ilegales, los artículos 92, el numeral 1 del artículo 149 y el artículo 150 del decreto ejecutivo 511 de 5 de julio de 2010. que hay sustracción de materia en cuanto a los artículos 10 y 21 del decreto ejecutivo 511 de 5 de julio de 2010 proferido por el ministerio de educación, en virtud de que fueron derogados por el artículo 18 del decreto ejecutivo 176 de 30 de marzo de 2011. y que hay cosa juzgada en cuanto al numeral 3 del artículo 146 del decreto ejecutivo 511 del 5 de julio de 2010, proferido por el ministerio de educación, toda vez que la sala tercera de la corte supremas de justicia, se pronunció sobre el mismo a través de fallo de 7 de enero de 2015.

Fecha04 Octubre 2016
Fecha de publicación23 Diciembre 2016
EmisorCORTE SUPREMA DE JUSTICIA
No. 28184-B Gaceta Oficial Digital, viernes 23 de diciembre de 2016 1
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