Fallo N° S/N. Por el cual se rechaza de plano las solicitudes de aclaración de la sentencia de 10 de mayo de 2017, presentadas por las firmas forenses fábrega, molino (antes fábrega, molino & mulino), actuando en nombre y representación de la sociedad digicel (panamá) y alfaro, ferrer & ramírez, en representación de telefónica móviles panamá, s.a. (tempa) dentro de la advertencia de inconstitucionalidad contra la frase “dentro de lo posible” contenida en el artículo 48 del decreto ejecutivo no. 73 de 9 de abril de 1997, por la cual se dictaron normas para la regulación de las telecomunicaciones en la república de panamá.

Fecha11 Octubre 2017
Fecha de publicación18 Diciembre 2017
EmisorCORTE SUPREMA DE JUSTICIA
No. 28427-B Gaceta Oficial Digital, lunes 18 de diciembre de 2017 1

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