Fallo N° S/N. Por el cual se declara que no es ilegal el literal b) (distribuidoras en general del aparte 1.1.2.5.28 en lo concerniente a agentes comisionistas, del artículo 2 del sistema tributario del municipio de chitré, adoptado mediante el acuerdo no. 21 de 26 de mayo de 2010, y declara sustracción de materia en cuanto a los literales a),b),d) y e) del aparte 1.2.4.1.26 (anuncios y avisos comerciales) del artículo 2 del sistema tributario del municipio de chitré, adoptado mediante el acuerdo no. 21 de 26 de mayo de 2010, emitido por el consejo municipal del distrito de chitré.

Fecha de publicación13 Enero 2016
Fecha21 Octubre 2015
EmisorCORTE SUPREMA DE JUSTICIA
No. 27947-A Gaceta Oficial Digital, miércoles 13 de enero de 2016 1

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