Fallo N° S/N. Por el cual se declara que no son ilegales la resolución no. 100-2013 de 10 de mayo de 2013, ni el contrato de compraventa celebrado entre la unidad administrativa de bienes revertidos del ministerio de economía y finanzas e inversiones zyi ltda y fija los emolumentos del perito del tribunal, ingeniero luis ricardo barranco peña, designado a través del auto de pruebas no. 68 de 24 de febrero de 2016, modificado por la resolución de 8 de marzo de 2016, en mil balboas con 00/100 (b/.1,000.00), los cuales deberán ser cancelados por la parte demandante, sayonara argüelles, representada judicialmente por la firma de abogados rosas y rosas.

Fecha de publicación09 Diciembre 2016
Fecha04 Octubre 2016
EmisorCORTE SUPREMA DE JUSTICIA
No. 28174-A Gaceta Oficial Digital, viernes 09 de diciembre de 2016 1
No. 28174-A Gaceta Oficial Digital, viernes 09 de diciembre de 2016 2

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