Fallo N° S/N. Por el cual se declara que no son inconstitucionales, las frases "con excepción de las pensiones de ochocientos balboas con un centésimo (b/.800.01) o más" y "con excepción de aquellos de mil quinientos balboas (b/.1,500.00) o más mensuales" contenidas en el artículo 192 de la ley no.51 del 27 de diciembre de 2005, tal como quedó modificada por la ley no. 70 del 6 de septiembre de 2011; y la frase "únicamente a los pensionados y jubilados que devenguen pensiones o jubilaciones mayores de ochocientos balboas con un centésimo (b/.800.01) hasta mil quinientos balboas (b/.1,500.00), sin exceder los mil seiscientos balboas (b/.1,600.00)", contenida en el artículo 193 de la ley no.51 del 27 de diciembre de 2005, tal como quedó modificada por la ley no. 70 del 6 de septiembre de 2011, mediante la cual se reforma la ley orgánica de la caja de seguro social.

Fecha de publicación18 Julio 2022
Fecha23 Mayo 2022
EmisorCORTE SUPREMA DE JUSTICIA
No. 29580 Gaceta Oficial Digital, lunes 18 de julio de 2022 1

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