Fallo N° S/N. Por el cual se declara que no es ilegal la cláusula décima del contrato no. a-2005- 2020 de 7 de julio de 2021, suscrito entre la autoridad marítima de panamá y la sociedad ocean pollution control, s.a.

Fecha de publicación19 Septiembre 2022
Fecha18 Julio 2022
EmisorCORTE SUPREMA DE JUSTICIA
No. 29625 Gaceta Oficial Digital, lunes 19 de septiembre de 2022 1
REPÚBLICA
DE
PANAMÁ
ÓRGANO JUDICIAL
CORTE SUPREMA
DE
JUSTICIA -SALA
DE
LO CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVO
Panamá, dieciocho (18) de julio de dos mil veintidós (2022).
VISTOS:
El
Licenciado JUAN CARLOS HENRÍQUEZ CANO, quien actúa en
su
propio nombre y representación,
ha
presentado Demanda Contencioso-
Administrativa de Nulidad para que
se
declare nula, por ilegal,
la
Cláusula
Décima del Contrato A-2005-2020 de 7 de julio de 2021, suscrito entre
la
Autoridad Marítima de Panamá y
la
sociedad Ocean Pollution Control, S.A.
Mediante
la
Contratación Administrativa atacada, se acordó lo siguiente:
"DÉCIMA: LA CONCESIONARIA podrá ceder o traspasar los
derechos y obligaciones que
le
imponga
el
contrato de concesión, con
el
consentimiento previo de
la
AUTORIDAD MARÍTIMA DE PANAMÁ y
el
refrendo de
la
CONTRALORÍA GENERAL
DE
LA REPÚBLICA, de
acuerdo con las disposiciones que establece
el
Reglamento para
otorgar Concesiones. También podrá LA CONCESIONARIA, previo
consentimiento de LA AUTORIDAD, subarrendar a terceros todo o
parte del área dada
en
concesión, así como los bienes que sobre esta
se hayan construido".
l.
FUNDAMENTO
DE
LA DEMANDA.
De
acuerdo al Licenciado JUAN CARLOS HENRÍQUEZ CANO, mediante
el
Acto Administrativo impugnado,
la
Autoridad Marítima de Panamá está
permitiendo a
la
empresa concesionaria del Contrato A-2005-2020 de 7 de

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