Fallo N° S/N. Por el cual se declara que no es ilegal, el contrato de compraventa celebrado entre el ministerio de economía y finanzas (la nación) y la sociedad casa de campo farallón, s.a., contenido en la escritura pública no. 3671 de 23 de septiembre de 2002.
Fecha de publicación | 20 Septiembre 2022 |
Fecha | 28 Julio 2022 |
Emisor | CORTE SUPREMA DE JUSTICIA |
No. 29626-A Gaceta Oficial Digital, martes 20 de septiembre de 2022 1
REPÚBLICA
DE
PANAMÁ
ÓRGANO JUDICIAL
CORTE SUPREMA
DE
JUSTICIA
SALA
TERCERA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Y
LABORAL
Panamá,
veintiocho
(28) de
julio
de
dos
mil
veintidós
(2022).
VISTOS
La
Licenciada María Luisa Araúz Estrada, actuando
en
nombre y representación
de MARÍA ELENA DELGADO
DE
RÍOS,
ha
interpuesto formal demanda contencioso
administrativa de nulidad, para que se declare nulo, por ilegal, el Contrato de
Compraventa celebrado entre
el
Ministerio de Economía y Finanzas (La Nación) y
la
sociedad Casa
de
Campo Farallón, S.A., contenido
en
la
Escritura Pública
No.
3671
de
23
de septiembre de 2002.
l. EL ACTO ADMINISTRATIVO IMPUGNADO
La
parte actora solicita mediante
la
presente demanda
la
declaratoria de nulidad
del Contrato de compraventa contenido
en
la
Escritura Pública
No.
3671
de 23 de
septiembre de 2002, "Por
la
cual
LA
NACIÓN VENDE UN (sic)
un
globo
de
terreno
BALO/O NACIONAL ubicado en Farallón, Corregimiento
de
Río Hato, Distrito
de
Antón,
Provincia
de
Coclé, a
la
sociedad CASA CAMPO FARALLÓN,
S.A.
", cuyas cláusulas
primera y segunda, entre otras cosas, establecen
lo
siguiente:
"PRIMERA: Declara LA NACIÓN, que es propietaria
de
un
lote de terreno
de
(sic) baldío nacional ubicado
en
Farallón,
Corregimiento
de
Río Hato, Distrito de Antón, Provincia
de
Coclé.
SEGUNDA: Declara LA NACIÓN que por este medio
segrega del lote de terreno baldío nacional mencionado en
la
cláusula primera, a fin de
qUe
forme finca aparte,
un
globo de
terreno,
en
adelante
EL
GLOBO DE TERRENO OBJETO DE
ESTE CONTRATO, con una superficie de DOS HECTAREAS
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