Fallo N° S/N. Por el cual se declara que es inconstitucional la frase: "salvo que existan elementos que la junta considere que amerita que se conceda en efecto diferente", contenida en el artículo 6, del acuerdo no. 20 de 15 de enero de 2004, expedido por la junta de relaciones laborales, por el cual se aprueba el reglamento de apelaciones de las decisiones de la junta de relaciones laborales, de la autoridad del canal de panamá.

Fecha de publicación01 Diciembre 2022
Fecha06 Octubre 2022
EmisorCORTE SUPREMA DE JUSTICIA
No. 29674 Gaceta Oficial Digital, jueves 01 de diciembre de 2022 1
No. 29674 Gaceta Oficial Digital, jueves 01 de diciembre de 2022 2
No. 29674 Gaceta Oficial Digital, jueves 01 de diciembre de 2022 3

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