Fallo N° S/N. Por el cual se rechaza de plano por improcedente la solicitud de aclaración promovida por la firma forense morgan & morgan, actuando en nombre y representación de la asociación de residentes de la urbanización altos del golf, loma alegre y áreas aledañas, en contra de la resolución de 24 de junio de 2022 (sentencia), mediante la cual se resolvieron las demandas contencioso administrativa de nulidad (acumuladas), que interpuso para que se declararan nulas, por ilegales, la resolución no. 389-2014 de 23 de junio de 2014, emitida por el ministerio de vivienda y ordenamiento territorial (miviot); el permiso de construcción no. p.p.i. 697-2015 tpci-211 de 21 de julio de 2015; el permiso de construcción no. p.p.f. 697-15 tpcf-152 de 9 de octubre de 2015; y el permiso de ocupación no. 2222- 16 de 14 de octubre de 2016, éstos tres últimos expedidos por la dirección de obras y construcciones del municipio de panamá.

Fecha de publicación29 Diciembre 2022
Fecha30 Septiembre 2022
EmisorCORTE SUPREMA DE JUSTICIA
No. 29691-D Gaceta Oficial Digital, jueves 29 de diciembre de 2022 1
REPÚBLICA
DE
PANAMÁ
ÓRGANO
JUDICIAL
CORTE SUPREMA DE
JUSTICIA
SALA
TERCERA
DE
LO
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Y
LABORAL
Panamá,
treinta
(30) de
septiembre
de
dos
mil
veintidós
(2022).
VISTOS:
La firma forense Margan & Margan, actuando en nombre y representación de
la
ASOCIACIÓN DE RESIDENTES DE
LA
URBANIZACIÓN
AL
TOS
DEL
GOLF,
LOMA
ALEGRE
Y
ÁREAS
ALEDAÑAS,
presentó un escrito solicitando
la
ACLARACIÓN de
la
Sentencia de fecha 24 de junio de 2022, por
la
cual esta Sala
Tercera de
la
Corte Suprema de Justicia, resolvió el mérito de sus
DEMANDAS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVAS DE NULIDAD
(acumuladas),
promovidas en
contra de
la
Resolución
389-2014
de
23 de
junio
de
2014, emitida por el Ministerio
de Vivienda y Ordenamiento Territorial (MIVIOT); el
Permiso
de
Construcción
P.P.I. 697-2015 TPCl-211 de
21
de
julio
de
2015; el
Permiso
de
Construcción
P.P.F. 697-15 TPCF-152 de 9
de
octubre
de 2015; y el
Permiso
de
Ocupación
2222-16 de
14
de
octubre
de
2016, éstos tres últimos expedidos por
la
Dirección de
Obras y Construcciones del Municipio de Panamá.
En su petición de aclaración,
la
activista transcribe un extracto del apartado de
la
referida sentencia denominado "Antecedentes del Proceso y Actividad Probatoria",
para iniciar desarrollando una serie de nuevos argumentos que pretende sean
considerados como elementos susceptibles de valoración, cuando de ningún modo
1

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