Fallo N° S/N. Por el cual se declara que no es ilegal el artículo 8 del decreto ejecutivo no. 235 de 15 de septiembre de 2021, emitido por el ministerio de seguridad pública.

Fecha de publicación17 Enero 2023
Fecha14 Noviembre 2022
EmisorCORTE SUPREMA DE JUSTICIA
No. 29702-A Gaceta Oficial Digital, martes 17 de enero de 2023 1
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REPÚBLICA DE PANAMÁ
ÓRGANO JUDICIAL
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA TERCERA DE LO CONTENCIOSO, ADMINISTRATIVO Y LABORAL
Panamá, catorce (14) de no.viembre de dos mil veintidós (2022).
VISTOS:
La Firma Forense ERNE MORALES & ASSOCIATES, actuando en
su
propio nombre y representación, presentó
ante
la' Sala Tercera de la Corte
Suprema de Justicia, demanda contencioso administrativa de nulidad, para que se
declare nulo, por ilegal, el artículo 8 del Decreto Ejecutivo 235 de 15 de
septiembre de 2021, emitido por el MINISTERIO DE SEGURIDAD PÚBLICA (Cfr.
fs. 1-6 del expediente).
Realizado el reparto respectivo, y en vista que la acción ensayada reunía
los presupuestos procesales de admisibilidad, la Magistrada Sustanciadora dictó el
Auto de 18 de enero de 2022, mediante el cual se admitió la misma; se envió
copia al MINISTERIO DE SEGURIDAD PÚBLICA; se le corrió. traslado
al
Procurador de
la
Administración; y se abrió la causa a pruebas (Cfr.
f.
41
).
Evacuados los anteriores trámites y las demás etapas procesales
correspondientes, se encuentra el presente proceso en estado de resolver el
fondo; labor a la cual se aboca este Tribunal, no sin antes hacer una síntesis de
los hechos y el Derecho que fundamentan la pretensión de la · actora, así como la
posición que al respecto tiene el funcionario acusado, · y el Procurador de
la

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