Fallo N° S/N. Por el cual se declara que no es ilegal el artículo 8 del decreto ejecutivo no. 235 de 15 de septiembre de 2021, emitido por el ministerio de seguridad pública.
Fecha de publicación | 17 Enero 2023 |
Fecha | 14 Noviembre 2022 |
Emisor | CORTE SUPREMA DE JUSTICIA |
No. 29702-A Gaceta Oficial Digital, martes 17 de enero de 2023 1
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REPÚBLICA DE PANAMÁ
ÓRGANO JUDICIAL
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA TERCERA DE LO CONTENCIOSO, ADMINISTRATIVO Y LABORAL
Panamá, catorce (14) de no.viembre de dos mil veintidós (2022).
VISTOS:
La Firma Forense ERNE MORALES & ASSOCIATES, actuando en
su
propio nombre y representación, presentó
ante
la' Sala Tercera de la Corte
Suprema de Justicia, demanda contencioso administrativa de nulidad, para que se
declare nulo, por ilegal, el artículo 8 del Decreto Ejecutivo Nº 235 de 15 de
septiembre de 2021, emitido por el MINISTERIO DE SEGURIDAD PÚBLICA (Cfr.
fs. 1-6 del expediente).
Realizado el reparto respectivo, y en vista que la acción ensayada reunía
los presupuestos procesales de admisibilidad, la Magistrada Sustanciadora dictó el
Auto de 18 de enero de 2022, mediante el cual se admitió la misma; se envió
copia al MINISTERIO DE SEGURIDAD PÚBLICA; se le corrió. traslado
al
Procurador de
la
Administración; y se abrió la causa a pruebas (Cfr.
f.
41
).
Evacuados los anteriores trámites y las demás etapas procesales
correspondientes, se encuentra el presente proceso en estado de resolver el
fondo; labor a la cual se aboca este Tribunal, no sin antes hacer una síntesis de
los hechos y el Derecho que fundamentan la pretensión de la · actora, así como la
posición que al respecto tiene el funcionario acusado, · y el Procurador de
la
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